¿Puede un adulto mayor obtener la custodia de sus nietos?
Si usted necesita la custodia de sus nietos porque sus hijos no responden por ellos, puede acercarse al ICBF con algunos documentos y bajo una conciliación y una valoración efectuada por especialistas, la puede obtener.
A pesar de que pueda sonar increíble, existen situaciones en donde madres o padres abandonan a sus hijos para zafarse de las responsabilidades que acarrea sostener económica y emocionalmente un hogar, por tal razón delegan esta función en los abuelos de los menores, quienes en muchas ocasiones no tienen los recursos ni la capacidad para volver a criar niños.
Así es el caso de la señora Lucía Vargas, una adulta mayor que está luchando por obtener la custodia legal de sus tres nietos, quienes fueron abandonados por su hija sin que ella ni su cónyugue respondan económicamente por ellos. Es de aclarar que la señora Lucía es una persona que trabaja como independiente y debido a sus labores diarias, no tiene el tiempo necesario para acudir al ICBF y realizar todos los trámites necesarios para ello:
“Mi hija me manda tres niños a la casa sin una cuota alimentaria y sin una custodia legal, me dirijo al ICBF porque necesito saber cuánto se demoran los trámites para este caso”, preguntó la señora Lucía.
Este medio consultó a Milena Lozano, psicóloga del Centro Zonal Soacha, quien explicó los pasos y el proceso que la señora Lucía, así como los adultos mayores que desean hacerse cargo de sus nietos, deben seguir para obtener su custodia; de igual modo aclaró la razón de los tiempos estipulados por la institución para realizar el proceso. Hay que decir que en primera instancia los documentos requeridos para iniciar con el trámite son el registro civil y el carnet de vacunas para los niños menores de siete años, copia del recibo de un servicio público del lugar de residencia de quien realiza la solicitud, así como las copias de las cédulas de los representantes legales o progenitores.
“La señora se presenta y accede a una ficha, en el ICBF Centro Zonal Soacha se manejan fichas porque llega bastante gente que viene por diferentes casos, como por ejemplo de protección, de hospitales y Policía de Infancia. Ahora estamos manejando un tema que se llama Ayuda Humanitaria en el que vienen diariamente de 80 a 90 personas, así como todo lo que llega por temas conciliables, por ejemplo alimentos, custodias, visitas y reconocimientos, entre otras cosas”, señaló la especialista.
Después de escuchar el caso, los funcionarios del ICBF proceden a entregar una citación para notificar a los papás del (los) menor(es) en cuestión, esta citación se entrega dentro de los siguientes diez días hábiles a la solicitud para fijar la custodia que la señora tendrá sobre sus nietos, la cuota alimentaria y los horarios de visitas; una vez acuden los padres al ICBF se abre una historia o archivo a los niños, todo esto haciendo la salvedad de que todos los casos no son iguales y se necesitan valoraciones por parte del equipo de trabajo integrado por el defensor de familia, la trabajadora social, la psicóloga y el nutricionista. Sin embargo, el tiempo promedio de duración del tiempo total del proceso es de seis meses.
“Hay casos en donde los Señores no viven acá y entonces hay que estarlos citando, tratar de ubicar dirección y luego efectuar la conciliación para hacer un seguimiento, el ICBF hace seguimiento de aproximadamente seis meses a estos casos porque son situaciones que vienen, niños que a veces tienen vulneración de derechos, que no están estudiando o que no están afiliados a salud”, afirmó Lozano.
Es importante aclarar que si bien en este caso la señora Lucía debe madrugar para realizar el trámite sin afanes, también puede delegar a un familiar que tenga el tiempo disponible para hacer la solicitud, sin que tampoco necesite de un día completo para gestionarla. Una vez entregada la citación, lo que sí es necesario es la presencia de los padres, ya que ellos son los que tienen la potestad de decidir si dejan al(los) menor(es) en custodia de su abuelita.
“Suponiendo que en este caso sea una mamá negligente y un papá que nunca está, a la señora se le puede asignar una custodia provisional mediante un acta de entrega. El Defensor de familia con la psicóloga y la trabajadora social harán la respectiva visita y se encargarán de hacer todo el proceso para determinar si la señora es la persona idónea para asumir la custodia, se toma una medida provisional porque seguramente los niños van a necesitar un representante legal en caso de por ejemplo tener una cita médica o en el colegio”, puntualizó la psicóloga.
Finalmente, cabe señalar que las custodias provisionales no tienen vencimiento pero sí están sujetas a una revisión de custodia solicitada por la madre o el padre del menor, es decir, en caso de volver a querer la custodia de sus hijos una madre o un padre de familia pide una revisión de custodia en la que el ICBF vuelve a determinar para quien será esta.
Escuche a continuación la pregunta de la señora Lucía Vargas y la respuesta de la psicóloga Milena Lozano:
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