Se elimina reelección presidencial en Colombia
En el octavo y último debate de la reforma de equilibrio de poderes, la plenaria de la Cámara de Representantes determinó que la reelección presidencial y vicepresidencial ya no va más en Colombia, y que solo podrá revivirse a través de una Asamblea Nacional Constituyente o Referendo de iniciativa popular.
El artículo en el que se establece que “no podrá ser elegido Presidente el ciudadano que a cualquier título hubiese ejercido la Presidencia”, recibió el rotundo apoyo del Congreso durante el tránsito de los ocho debates (cuatro en Senado y cuatro en Cámara).
La aprobación de este artículo tuvo una intensa oposición por parte de la bancada parlamentaria del Centro Democrático, que considera que la reelección permite darle continuidad a las buenas políticas del presidente de turno y así como también castigar a los malos mandatarios.
Así quedó el artículo de la eliminación de la reelección presidencial:
“El artículo 197 de la Constitución Política quedará así: No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al Vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de tres meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio. La prohibición de la reelección solo podrá ser reformada o derogada mediante referendo o asamblea constituyente.
No podrá ser elegido Presidente de la República o Vicepresidente quien hubiere incurrido en alguna de las causales de inhabilidad consagradas en los numerales 1, 4 y 7 del artículo 179, ni el ciudadano que un año antes de la elección haya tenido la investidura de Vicepresidente o ejercido cualquiera de los siguientes cargos: Ministro, Director de Departamento Administrativo, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional, del Consejo de Estado, Comisión Nacional de Disciplina Judicial, Miembro de la Comisión de Aforados o del Consejo Nacional Electoral, Procurador General de la Nación, Defensor del Pueblo, Contralor General de la República, Fiscal General de la Nación, Registrador Nacional del Estado Civil, Comandantes de las Fuerzas Militares, Auditor General de la Republica, Director General de la Policía, Gobernador de Departamento o Alcalde”.
Por otro lado también se eliminó la posibilidad de reelección presidencial para el Contralor General de la República, la elección de este funcionario la hará el Congreso en pleno.
Durante este debate también se aprobó la posibilidad de que las personas que a partir del 2018 queden de segundas en las elecciones de Presidencia y vicepresidencia, Gobernación y Alcaldía podrán ocupar una curul en el Senado, la Cámara de Representantes, la Asamblea Departamental y el Concejo, respectivamente.
En el debate se aprobó la creación de una curul para los raizales de San Andrés en la Cámara de Representantes.
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