Entra en vigencia Ley de Garantías

A partir de este sábado 11 de noviembre entra en vigencia la Ley de Garantías, la cual prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades estatales del orden municipal, departamental y distrital, celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos.


Según Colombia Compra Eficiente -CCE-, Agencia Nacional de Contratación Pública, la Ley de Garantías iniciará a partir de este sábado 11 de noviembre de 2017 para convenios y contratos interadministrativos, y el 27 de enero de 2018 para contratación directa.

“Es importante recordar que la Ley de Garantías está pensada para evitar que los recursos públicos se usen para favorecer aspiraciones electorales, por eso su entrada en vigencia inicia cuatro meses antes de las elecciones del Congreso de la República que se realizarán el domingo 11 de marzo de 2018 y va hasta que el Presidente sea elegido, es clave que las entidades públicas tengan en cuenta las fechas y restricciones para que los recursos del Estado se ejecuten de manera eficaz” , señaló Juan David Duque, director de CCE.

Restricción para celebrar convenios interadministrativos

La Ley de Garantías prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y distrital celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección. El calendario electoral establece que las próximas elecciones de congresistas son el 11 de marzo de 2018 y las de Presidente y Vicepresidente el 27 de mayo de 2018.

En consecuencia, a partir del 11 de noviembre de 2017 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital tienen prohibido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos, sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante.

Restricción para celebrar contratos en la modalidad de contratación directa

La Ley de Garantías prohíbe a las Entidades Estatales celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. El artículo consagra excepciones para los contratos relativos a la defensa y seguridad del Estado, crédito público y los requeridos para atender emergencias y para la reconstrucción de infraestructura afectada por acciones terroristas, desastres naturales o eventos de fuerza mayor.

Esta prohibición cobija a todos los entes del Estado, sin importar su régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía. El calendario electoral establece que la primera vuelta de las próximas elecciones presidenciales es el domingo 27 de mayo de 2018. En consecuencia, a partir del 27 de enero de 2018 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, las Entidades Estatales tienen prohibido contratar directamente.

Asimismo, la Agencia analizó los datos en contratación antes y durante la aplicación de la pasada Ley de Garantías y encontró que, en el primer semestre de 2014, con la entrada en vigencia de esta Ley, la contratación directa fue de $21 billones para un total de 238.339 contratos. Encontrando aumentos en el volumen de las contrataciones una vez terminada la vigencia de la Ley.

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