Operativos en Soacha para controlar circulación de ciclomotos, tricimotos y cuadriciclos

Soat, revisión tecnomecánica, direccionales y espejos retrovisores, son entre otros los elementos que este tipo de vehículos debe tener para poder circular, por eso, la Secretaría de Movilidad de Soacha iniciará operativos de control para verificar que cumplan con lo establecido en la Resolución 160 de 2017.


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Dando cumplimiento a la Ley 1811 de 2016, donde se establece que los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía, solo podrán movilizarse por las vías terrestres de uso público y privadas abiertas al público; en Soacha realizarán operativos exigiendo la circulación de estos vehículos en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad, y deberán contar con los dispositivos adecuados en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica.

Por otra parte, los conductores deberán transitar por el centro del respectivo carril, no podrán circular sobre las aceras o andenes, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas, ni por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.

Además, los conductores y acompañantes deberán transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas, asimismo, después de las 6:00 p.m. y antes de las 6:00 a.m. o cuando las condiciones de visibilidad lo ameriten, deberán portar chaleco refractivo, sin excepción.

Los conductores deberán portar el seguro obligatorio (SOAT), certificado de Revisión Técnicomecánica y de Emisiones Contaminantes y para efectos de control en la vía, las licencias de tránsito de los vehículos automotores mencionados tienen que contar con el formato de licencia de tránsito adoptado por el Ministerio de Transporte.

Cabe resaltar que Los conductores de los vehículos tipo ciclomotor o tricimoto deberán tener licencia de conducción categoría A1 y los conductores de los vehículos clase cuadriciclos que circulen por las vías públicas tendrán que portar licencia de conducción como mínimo de categoría B1, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 1500 de 2005 o la norma que la modifique o sustituya.

El secretario de Movilidad de Soacha, Carlos Giraldo, manifestó que con estas medidas no se está reglamentando el servicio de los bicitaxis o mototaxis, lo que se está exigiendo es que quienes están operando empiecen a cumplir con la norma, además de garantizar la vida de los ciudadanos, por ello advirtió que los que no cumplan con lo estipulado en la resolución, estarán expuestos a las sanciones establecida en el Código Nacional de Tránsito Ley 769 de 2002, artículo 131 modificada por la Ley 1383 del 2010, y se exponen a la inmovilización del vehículo.

Foto: motor.com.co

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