En Bogotá amplían restricción a parrillero en moto
La medida funcionará en el sector donde viene operando desde comienzos de este año.
Al menos hasta agosto seguirá aplicando en la capital del país la restricción a la circulación del parrillero hombre, mayor de 14 años, en motos de 125 centímetros cúbicos en adelante.
La Alcaldía de Bogotá decidió prorrogar por tres meses la medida que viene operando en la ciudad desde el pasado 2 de febrero y en él área comprendida entre: la calle 100 y Avenida Primero de Mayo, desde la carrera 68 a los cerros orientales.
De acuerdo con la Secretaría de Seguridad, la restricción ha logrado reducir el hurto a personas con móvil del agresor en motocicleta en 27,5% en la zona donde aplica la medida. Mientras, el hurto a celulares también cayó 30% en la zona de restricción, bajo dicha modalidad.
Las cifras analizadas por la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, tomadas de la Policía Nacional, registran una disminución de 200 casos en los primeros dos meses y 20 días de aplicada la medida. Es decir, dos meses y 20 días antes de entrar en vigencia la restricción en la zona se presentaron 726 casos de hurto, mientras que en el mismo periodo, con la medida en vigencia, se registraron 526 casos.
Las autoridades también advierten que desde que entró a regir la restricción del parrillero hombre en una zona específica de la ciudad, también bajaron los hurtos cometidos en esta modalidad en las zonas no restringidas de Bogotá.
Según las estadísticas de la Policía Nacional, 2 meses y 20 días antes de entrar la restricción, fuera de la zona de la medida se presentaron 1.333 casos de hurto bajo esta modalidad, mientras que en igual periodo pero con la medida aplicándose, se registraron 1.209 casos, lo que significa una disminución del 9,3%.
Según la norma, las motocicletas de la Fuerza Pública, Autoridades de Tránsito y Transporte, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud si podrán transitar, así como las motocicletas de personal de seguridad privada, las utilizados por empresas que prestan Servicios Públicos Domiciliarios, las registradas como vehículos para transporte de personas en condición de discapacidad, las de enseñanza, o las motocicletas que prestan asistencia de «conductor elegido».
Fuente: Caracol.com.co
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