Actualizan tarifas de parqueaderos en Bogotá
La Secretaría Distrital de Movilidad actualizó las tarifas de los parqueaderos de la ciudad mediante el Decreto 461 de 2019 firmado por el Alcalde Mayor de Bogotá Enrique Peñalosa y los secretarios distritales de Planeación Andrés Ortiz, Gobierno Iván Casas, y Movilidad Juan Pablo Bocarejo.
“Actualizamos las tarifas de parqueaderos fuera de vía que estaban vigentes desde 2017 teniendo en cuenta las variaciones de los precios de la canasta de costos del servicio de estacionamiento, dadas principalmente por el incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y del salario mínimo. En promedio, y dependiendo del nivel de servicio y ubicación, la tarifa por minuto para vehículos livianos y pesados se incrementa 4,2% y para motocicletas 4,4%. La tarifa para bicicletas se mantiene en $10 el minuto en todos los estacionamientos de la ciudad con el fin de incentivar su uso”, dijo el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo.
Con la actualización, una hora de estacionamiento para los automóviles, camionetas, camperos y vehículos pesados se incrementa en promedio entre $100 y $300, según el tipo de estacionamiento y su ubicación. Para las motocicletas, el incremento en una hora de estacionamiento estaría entre $100 y $200, en promedio.
Con la actualización, una hora de estacionamiento para los automóviles, camionetas, camperos y vehículos pesados se incrementa en promedio entre $100 y $300, según el tipo de estacionamiento y su ubicación. Para las motocicletas, el incremento en una hora de estacionamiento estaría entre $100 y $200, en promedio.
El Decreto 461 de 2019 establece que el valor por minuto de cada estacionamiento seguirá dependiendo del nivel de servicio (infraestructura y cantidad de cupos) y de la zona (mayor valor en zonas de alta demanda).
Así mismo que la liquidación del valor final del servicio se aproximará al múltiplo de cincuenta pesos m/cte. ($50.00) siguiente.
De la misma forma, la norma expedida establece que no podrá exigirse a los usuarios períodos de permanencia mínimos para el cobro de la tarifa por minutos y que podrán adoptarse esquemas de cobro que resulten inferiores al valor liquidado desde el ingreso del vehículo como el cobro por días, mensualidades, anualidades u otros, los que serán aplicables siempre que sean iguales o inferiores al resultado del tiempo de permanencia real de la tarifa por minutos correspondiente.
Los prestadores del servicio de aparcaderos y/o estacionamientos, como requisito previo al cobro de las nuevas tarifas, deberán informar por escrito a la respectiva Alcaldía Local los Factores de Nivel de Servicio (FNS) y las tarifas a cobrar.
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