Área a sustraer de la Reserva Thomas Van der Hammen no atraviesa zonas consideradas con especial grado de sensibilidad ambiental

La CAR aclaró que en la sustracción de la Reserva Thomas Van der Hammen, la Ley no contempla audiencia de participación ciudadana, que sí se hará en el proceso de licenciamiento que aún avanza.

Tras la aprobación por parte del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) con respecto al concepto técnico que da viabilidad a la sustracción de 20,8 hectáreas de la reserva forestal productora Thomas Van der Hammen, la entidad recalcó que el área a sustraer no atraviesa por zonas consideradas con especial grado de sensibilidad ambiental.

También aclaró que dentro del trámite se solicitó realizar una audiencia pública ambiental, sin embargo, debido a que se trata de un trámite especial que no cuenta con instrumento ambiental, la Ley no contempla dicha diligencia, como sí se requiere dentro del proceso de licenciamiento, momento en el cual se hará.

“Además, dentro del trámite se reconocieron terceros intervinientes, se atendieron las peticiones de la ciudadanía y se permitió la consulta pública del expediente de manera digital durante todo el proceso”, dijo el director de la Corporación, Luis Fernando Sanabria Martínez.

Así mismo, explicó que por Ley, cuando un proyecto requiere Licencia Ambiental, esta no se puede otorgar hasta tanto no se proceda con la sustracción del área. En consecuencia, hasta el momento solo se dio cumplimiento a uno de los requisitos establecidos dentro del licenciamiento ambiental, proceso que continúa en trámite en la CAR.

Simultáneamente a la sustracción aprobada por el Consejo Directivo, la CAR realiza la evaluación del proyecto de acuerdo con los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) entregados por el peticionario.

Una vez se cumplan los requisitos de Ley, la CAR definirá si al proyecto es viable otorgarle Licencia Ambiental, que es el documento que sí permitirá la construcción de la prolongación de la Avenida Boyacá. En esta Licencia, que se expide mediante Resolución, se establecen las medidas de compensación, mitigación y prevención por la ejecución del proyecto.

Al aprobarse la Licencia Ambiental, la sustracción aprobada por el Consejo Directivo queda en firme y por ella el peticionario deberá compensar las 20,87 hectáreas sustraídas.

Son 21 hectáreas que se contempla sustraer y la compensación se hará en 62 hectáreas. Ese plan deberá ser aprobado por la CAR y debe incluir un proceso de mantenimiento y verificación de modo que podamos garantizar que se cumplan todas las condiciones ambientales tanto en la sustracción como en la licencia”, dijo el director general de la CAR

La CAR explicó que, para la construcción de la prolongación de la Avenida Boyacá el peticionario deberá realizar dos compensaciones: una por la sustracción del área de la reserva y otra por los impactos en la ejecución del proyecto, además de las medidas y actividades que la CAR le imponga dentro de la Licencia Ambiental.

En el evento de que la CAR no otorgue la Licencia Ambiental al proyecto de prolongación de la Avenida Boyacá, la sustracción aprobada inicialmente será anulada, quedando nuevamente en su estado original.

 Lo anterior en  desarrollo de la decisión del Consejo Directivo de la CAR  que aprobó sustracción de la Reserva Thomas Van der Hammen, en  sesión extraordinaria y tras conocer el concepto técnico presentado por los profesionales de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el Consejo Directivo de la Corporación aprobó la sustracción de 29.87 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora del Norte de Bogotá, Thomas Van der Hammen, para la ampliación de la Avenida Boyacá desde la calle 186 hasta la calle 235.

De acuerdo con la competencia atribuida a la CAR, esta realizó la evaluación y análisis, verificaciones en fuentes primarias y secundarias, confrontó la información aportada por el peticionario (Sociedad Fiduciaria de Bogotá S.A.) y se recopilaron las evaluaciones emitidas por cada uno de los expertos en las áreas de su especialidad, a partir de lo cual se generaron los conceptos técnicos que dan viabilidad a dicha sustracción.

Así las cosas, los tramos objeto de sustracción se encuentran al norte de la ciudad, limitando por ese costado con el municipio de Chía, al oriente con la Autopista Norte, al sur con el Cerro de La Conejera y el humedal de La Conejera y al occidente con el río Bogotá, ubicados así:

  • Tramo 1- Entre Av. Guaymaral y la calle 221
  • Tramo 2- Entre Av. Calle 215 y la Av. El Polo
  • Tramo 3 – sobre la calle 200

En el concepto se recomenda que, de materializarse la sustracción, se imponga al peticionario una compensación de 62,49 hectáreas en el área de la reserva, para lo cual se presentará el plan de compensación correspondiente, que deberá ser verificado por la CAR.

El área total de la reserva Thomas Van der Hammen es de 1.396 hectáreas de las cuales 1.49 por ciento corresponde al área a sustraer. 

Ahora, la entidad avanzará en el proceso de licenciamiento, para lo cual el Consejo Directivo recomendó garantizará la participación ciudadana.  

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