Aún hay tiempo para pagar su impuesto de vehículos de la vigencia 2013

La Dirección de Rentas y Gestión Tributaria de Cundinamarca, recuerda a los contribuyentes que hasta el próximo viernes 31 de mayo hay plazo para pagar el Impuesto sobre Vehículos Automotores de la vigencia 2013, con el 10% de descuento.


De la misma manera, es importante que los poseedores de vehículos automotores matriculados en Cundinamarca tengan en cuenta que hasta el viernes 5 de julio se puede pagar este tributo, sin descuentos y sin sanción.

Los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores son las siguientes:

Hasta $ 39.051.000: 1.5 %

Más de $ 39.051.000 y hasta $ 87.866.000: 2.5 %

Más de $ 87.866.000: 3.5 %

Para obtener información básica para realizar su liquidación privada, favor utilice cualquiera de los siguientes canales:

· Centro Único de Atención al Ciudadano, CUAC, ubicado en las instalaciones de la Gobernación de Cundinamarca, Calle 26 No. 51 – 53 Torre Beneficencia primer piso. Horario de atención: 8:30 a.m. a 4 p.m. Es indispensable traer el original o copia de la Tarjeta de Propiedad y/o Certificado de Tradición. Si se trata de un vehículo modelo 2013 traer la factura de compra. (Máximo 2 vehículos por turno).

· Mediante solicitud por correo electrónico a rentas@cundinamarca.gov.co adjuntando escaneada la Tarjeta de propiedad o Certificado de Tradición. (Máximo 2 vehículos por correo).

· Liquidador Web, para lo cual se recomienda, verificar que los datos y características arrojados por el sistema coincidan con la realidad física, económica y jurídica del vehículo, para evitar más adelante procesos de fiscalización.

Una vez realizado el proceso de liquidación, están habilitadas las entidades bancarias AV Villas, Colpatria y BBVA para efectuar el pago.

Importante tener en cuenta que después de la fecha límite, quienes realicen el pago deberán liquidar y cancelar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario retardado, equivalente al 5% del total del impuesto a cargo sin exceder el 100% del impuesto. Esta sanción se cobrará sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento en el pago del impuesto. El valor de la sanción mínima es de $134.000.

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