VIDEO | Marchas en Colombia: lo que la Policía podrá hacer con el nuevo decreto
¿Qué puede hacer la Policía si una manifestación termina en disturbios? El nuevo decreto establece lineamientos para la actuación de las autoridades y precisa cómo deben abordarse estas situaciones.
Quienes salgan a marchar en Colombia deberán tener en cuenta nuevas reglas sobre la forma en que las autoridades atienden las manifestaciones. El Gobierno expidió el Decreto 1525 de 2026, que modifica los procedimientos para manejar situaciones como disturbios, bloqueos de vías y afectaciones a terceros. La norma también contempla garantías para quienes participan pacíficamente y establece condiciones para las intervenciones policiales.
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El cambio llega en medio de las movilizaciones convocadas para este miércoles 14 de octubre. Uno de los puntos que más llama la atención es que la Policía podrá actuar frente a personas que cometan actos violentos sin esperar a que termine el diálogo con los demás manifestantes. Pero ¿qué otras medidas incluye el decreto y cómo podrían influir en el desarrollo de las protestas?
Bloqueos, diálogo y corredores de paso: así funcionarán las nuevas reglas
Uno de los asuntos que más puede impactar a los ciudadanos es la movilidad. Cuando una manifestación afecte una vía, las autoridades deberán evaluar la situación antes de decidir cómo intervenir. Para ello, tendrán en cuenta cuánto tiempo lleva la obstrucción, qué tan grave es la afectación y si existen rutas alternas.
La norma plantea que disolver una movilización, total o parcialmente, debe ser una medida excepcional. Esto no significa que cualquier bloqueo esté permitido sin importar sus consecuencias, sino que la respuesta de las autoridades debe considerar las circunstancias y ajustarse a los criterios establecidos.
Estos son otros puntos importantes del Decreto 1525 de 2026:
- La Policía podrá intervenir ante hechos violentos: si algunas personas agreden a otras, utilizan armas o artefactos incendiarios, retienen a alguien contra su voluntad o causan daños a bienes públicos o privados, las autoridades podrán actuar frente a esas conductas sin tener que esperar a que finalice el diálogo general con los manifestantes.
- Las conversaciones con quienes protestan pacíficamente deben continuar: una intervención contra personas involucradas en hechos violentos no implica que se deba terminar la comunicación con quienes mantienen una movilización pacífica. El diálogo sigue siendo parte del procedimiento.
- Habrá corredores para situaciones prioritarias: las autoridades deberán facilitar el paso de ambulancias, personal médico y organismos de socorro. También se contempla el tránsito de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas, niños y adolescentes, además del transporte de medicamentos, insumos hospitalarios y alimentos perecederos.
- Las decisiones deberán tener una justificación: cuando las autoridades determinen que es necesario avanzar hacia una intervención, deberán explicar las razones y dejar registro de las decisiones adoptadas en el Puesto de Mando Unificado (PMU).
- Se establece una ruta de actuación institucional: el protocolo contempla cinco niveles que van desde la prevención y el diálogo hasta la intervención de unidades policiales especializadas para restablecer el orden. El paso entre niveles debe responder a las circunstancias y quedar sustentado.
- Las administraciones deberán prever alternativas de movilidad: alcaldías y gobernaciones tendrán que contemplar medidas para manejar el tránsito cuando las manifestaciones afecten las vías, con atención a las rutas alternas y a las necesidades de la ciudadanía.
¡Cumplí mi palabra y aquí está el decreto!
En Colombia se respeta la protesta pacífica, pero ¡no se toleran la violencia, el vandalismo ni los bloqueos que atropellan los derechos de millones de ciudadanos!
Hoy expedí el Decreto 1525 de 2026 para fortalecer las garantías de quienes se manifiestan pacíficamente y asegurar que las autoridades actúen, dentro del marco de la ley, frente a quienes pretendan sembrar el caos.
¡El derecho a protestar no está por encima del derecho a trabajar, estudiar, movilizarse y vivir en paz!
A los ciudadanos que protestan pacíficamente, todas las garantías. A los violentos, todo el peso de la ley, con respeto por el debido proceso.
¡Se acabó la guachafita! ¡La protesta se respeta, pero la violencia no se tolera!
¡Lo prometí, lo cumplí y seguiré cumpliendo!
¡Firme por la Patria!
¡Viva Cristo Rey!
(A.D.L.E.) 🇨🇴🐅
— Abelardo De La Espriella (@ABDELAESPRIELLA) October 14, 2026
¿Esto significa que pueden intervenir en cualquier marcha?
No. El nuevo decreto no elimina el derecho a la protesta pacífica ni establece que todas las manifestaciones deban terminar con una intervención policial. La actuación de las autoridades debe responder a las circunstancias previstas en la norma y respetar las garantías legales de quienes se movilizan.
La diferencia está en que, ante determinados hechos violentos, la Policía podrá actuar contra las personas involucradas sin suspender necesariamente el diálogo con el resto de los participantes. De esta manera, la norma busca distinguir entre quienes ejercen su derecho a manifestarse pacíficamente y quienes incurren en conductas que pueden poner en riesgo a otras personas.
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Para quienes deben desplazarse por la ciudad, también será importante estar atentos a las novedades de tránsito y a las medidas que adopten las autoridades durante las movilizaciones. La aplicación de los nuevos lineamientos deberá tener en cuenta tanto la seguridad y la movilidad como las garantías del derecho a la protesta.
Foto: Presidencia/Canva
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