Municipio sigue trabajando para demostrar que Quintas de Santa Ana no está dentro de la Ronda del Río Bogotá

En diálogo con Periodismo Público.com, el Arquitecto Orlando Ramírez, Director de Espacio Físico y Urbanismo de la Secretaría de Planeación, habló de los trámites que se realizan actualmente para demostrar que la ubicación de estas viviendas no compromete para nada la ronda del afluente.


Cabe recordar que en marzo pasado, el Consejo de Estado emitió un fallo que ordena la reubicación de decenas de familias residentes en este sector de la comuna uno, porque al perecer se encuentran invadiendo la ronda del Río. Desde entonces, tanto la comunidad como la misma Alcaldía (sobre quien recaería la responsabilidad de la reubicación), han trabajado para desvirtuar este concepto utilizando todo tipo de documentos y especificaciones técnicas que dan fe de lo contrario:

“Dentro de los procesos de ajustes y revisión del POT que están enmarcados en la Ley, la Administración Municipal ha requerido o planteado a la CAR que dentro de ese proyecto tenga en cuenta que en el caso de la ronda del Río Bogotá, la misma ya entra o limita dentro de un perímetro urbano en el que ya existen desarrollos urbanísticos como Quintas de Santa Ana, Ciudad Latina y San Nicolás, que en su momento fueron avalados y desarrollados legalmente bajo unas normas ambientales totalmente diferentes a las que tenemos actualmente. Nosotros hemos radicado un documento en la CAR desde hace dos semanas, con el que esperamos que se surjan sus términos en aras de que nos den una viabilidad para continuar con los procesos”, explicó Ramírez.

El Arquitecto recordó que la misma CAR hizo los estudios del Río Bogotá desde Alicachín hasta el Salto del Tequendama, estableciendo que el límite de la ronda es de 30 metros. En ese caso (agregó) las autoridades locales mantienen las áreas de protección en 300 metros, a excepción de la zona que está dentro del perímetro urbano, que es la que está afectando actualmente las viviendas de Quintas de Santa Ana.

Sobre las etapas IV y V

“Es de recordar que la Licencia de Quintas de Santa fue aprobada en 1993 bajo los lineamientos ambientales autorizados en su momento por la misma CAR. La Secretaría de Planeación en esa época aprobó una Licencia de Urbanismo y autorizó el desarrollo de las primeras etapas. Como este es un proyecto por etapas, se cobija bajo las leyes 9 de 1989 y 388 de 1997, donde se explica que las licencias por etapas continúan el proyecto urbanístico inicial, siempre y cuando exista una etapa vigente, tal como es el caso de Quintas de Santa Ana, que desde el inicio de su construcción y hasta hoy se ha venido ejecutando sin cesar el proceso. Vale la pena aclarar que las etapas IV y V son de adecuación morfológica y de suelos después de la ola invernal, mas nunca se ha otorgado una Licencia de Construcción, a la espera que se defina el tema de la ronda del Río Bogotá y los ajustes al POT”, finalizó el Director de Espacio Físico y Urbanismo del municipio de Soacha.

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