Quienes tengan antecedentes también podrán aspirar a becas de posgrado

La Corte tumbó la prohibición legal que impedía a las personas con antecedentes penales y disciplinarios acceder a una beca de posgrado.


La Corte tumbó apartes del artículo 4 de la Ley 1678 que otorga becas “al 0.1% de los mejores profesionales graduados en las instituciones de educación superior públicas y privadas del país”.

La Sala Plena estimó que si bien el Congreso o el Gobierno tienen la potestad de decidir a qué segmento de la población entrega becas y bajo qué requisitos, prohibir a una persona que aspire a una por tener antecedentes la estigmatiza por toda una vida.

“A esta noción subyace la idea de que las personas que han cometido un delito doloso, preterintencional o culposo, o una falta disciplinaria, pueden ser estigmatizadas por el Estado, el cual puede impedirles siquiera tener incentivos académicos de por vida”, dijo la Corte.

La Sala Plena también concluyó que se trata de una medida inadecuada “pues la presencia o ausencia de antecedentes penales disciplinarios del aspirante a la beca de posgrado no tiene ninguna incidencia sobre la asignación eficiente de recursos escasos conforme a los méritos del candidato, ni a sus necesidades socioeconómicas, ni al interés general en desarrollar la investigación en determinadas áreas prioritarias”.

Para la Corte, además, la medida resulta desproporcionada porque restringe el acceso al mercado laboral “a un grupo social objeto de estigmas y prejuicios que obstaculizan su desarrollo individual y porque no distingue entre delitos y faltas más o menos graves”.

En su determinación, la Corte aclaró que, si bien las becas permiten promover la educación entre personas con escasos recursos, no hacen parte del derecho a la educación como tal y por eso no hay una obligatoriedad del Estado para entregarlas.

“De hecho, la escasez de recursos es solo uno entre múltiples criterios que puede tener en cuenta el Estado en el momento de distribuir recursos escasos para la educación de posgrado. Existen otras barreras geográficas, de género, raciales y culturales que impiden a amplios sectores de la población colombiana accedan a los recursos necesarios para atender a la educación”.

Para la Corte, es perfectamente posible que el Congreso o el Gobierno decidan favorecer a algunas personas otorgándoles becas de posgrado con fundamento en el mérito académico o profesional que hayan demostrado, siempre que lo hagan dentro de parámetros de razonabilidad y proporcionalidad.

El magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo salvó voto al estimar que la Corte ha debido dejar abierta la posibilidad de que, dada una situación específica que lo justifique, pueda negarse la concesión de la beca en razón de la existencia de tales antecedentes.

Fuente: ElColombiano.com

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