Sanción ambiental al OPAIN por $353 millones

$353.039.592 es la multa que tiene que pagar la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. (OPAIN) por incumplir la normatividad ambiental en cuanto a residuos de construcción y demolición en el megaproyecto de expansión y modernización del aeropuerto ElDorado.


Así lo establece la Resolución 654 de 2013 de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) (confirmada por la Resolución 1112 de 2013), que declara responsable a OPAIN de los dos cargos formulados por la SDA en 2010, relacionados con el incumplimiento en el manejo ambiental en sus obras.

El primer cargo contra OPAIN fue por no proteger los sumideros, lo que causó una sedimentación del curso de agua de la red de alcantarillado al disponer en ella de manera directa arenas y otros residuos sólidos; factores que deterioran el ambiente. Por este cargo la multa impuesta por la Secretaría de Ambiente es de $67.141.598.

El segundo fue por no realizar una adecuada limpieza de las vías de acceso y salida de vehículos del frente de obra, así como llantas y volquetas, permitiendo el arrastre de materiales fuera del área de trabajo; la multa impuesta por la SDA por este cargo es de $285.897.994.

Adicional a la sanción pecuniaria, el operador debe implementar las medidas adecuadas que propendan por el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente en la operación y construcción de los frentes de obra que se encuentran en ejecución y los que están próximos a ejecutar.

“Entre estos se encuentra la demolición de las instalaciones del antiguo aeropuerto, proyecto en el cual la Secretaría de Ambiente estará atenta, dado el impacto que podrían ocasionar si no se realiza con las medidas que eviten, controlen y mitiguen los impactos ambientales que genera la demolición de megaestructuras en el Distrito Capital, afectando los recursos naturales”, apuntó Néstor García, Secretario Distrital de Ambiente.

OPAIN también debe diseñar e implementar una serie de estrategias ambientales que permitan dar cumplimiento a los nueve programas contenidos en la “Guía de manejo ambiental para el sector de la construcción” de la SDA, que establece las buenas prácticas ambientales y las medidas de mitigación implementadas por entidades y constructores comprometidos con el desarrollo sostenible.

“Las acciones de comando y control realizadas sobre el proyecto ejecutado por OPAIN se debieron al inadecuado manejo que se le ha dado a los residuos de construcción y demolición, incumpliendo los lineamientos del Decreto 357 del 1997, que regula el manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales de construcción”, manifestó García.

El funcionario también informó que OPAIN pasó por alto el manejo adecuado que se le debe dar al material de arrastre, producto de la acumulación de este tipo de residuos en el espacio público, y que por escorrentía aportan sedimentos al sistema de alcantarillado pluvial de la ciudad, “lo que ocasiona un riesgo para el ambiente, la población, los bienes y los servicios dada la posible ocurrencia de inundaciones de los barrios aledaños”.

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