Sancionan a policía por la muerte de un venezolano durante protestas en Soacha

Otro uniformado también fue sancionado, aunque por menos tiempo, debido al uso imprudente de su arma de fuego durante las manifestaciones.

La Procuraduría General de la Nación anunció la destitución e inhabilidad por 20 años del patrullero Óscar Alexander Márquez Rojas por su actuación irregular y el uso desmedido de la fuerza letal durante las protestas del 9 de septiembre de 2020 en Soacha, Cundinamarca.

El fallo de primera instancia, proferido por el ente de control disciplinario, determinó que el uniformado disparó indiscriminadamente contra una multitud, ocasionando la muerte de un ciudadano venezolano en inmediaciones de la estación de Policía del León XIII.

Los hechos que llevaron a la destitución

Según el expediente, el Ministerio Público concluyó que Márquez Rojas actuó con dolo al disparar su arma de dotación oficial en un contexto de alta tensión, agitación y aglomeración, desconociendo los principios de necesidad, proporcionalidad y precaución en el uso de la fuerza.

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El uso de la fuerza letal en protestas, incluso cuando estas sean violentas, no puede justificarse bajo ninguna circunstancia, conforme al derecho internacional de los derechos humanos”, subraya el comunicado oficial.

Además, el fallo evidencia que el patrullero violó los protocolos institucionales sobre el uso de armas de fuego en operativos de control de disturbios, comprometiendo seriamente la seguridad de los manifestantes y transgrediendo derechos fundamentales.

Otro uniformado involucrado también recibió sanción

La decisión disciplinaria también afecta al uniformado Wilmer Andrés Ricaurte Pinilla, quien fue sancionado con 8 años de inhabilidad por el uso imprudente de su arma de fuego en el mismo contexto.

El Ministerio Público consideró que Ricaurte Pinilla incurrió en una falta de culpa gravísima, pues disparó de manera indiscriminada, poniendo en riesgo la vida de los manifestantes y vulnerando los principios de seguridad establecidos en los protocolos policiales.

La actuación de ambos uniformados representó un incumplimiento grave a las normativas vigentes, afectando el derecho a la protesta y la seguridad de los ciudadanos”, señaló la Procuraduría.

Implicaciones legales y posibilidad de apelación

El fallo de la Procuraduría General de la Nación se encuentra en primera instancia, por lo que aún puede ser apelado ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, instancia encargada de revisar la sentencia y determinar si se ratifica o modifica la sanción impuesta a los uniformados.

Mientras tanto, las organizaciones defensoras de derechos humanos han manifestado su preocupación por este tipo de actuaciones policiales en el contexto de protestas sociales, reiterando la necesidad de reformas estructurales para garantizar el respeto a los derechos fundamentales y evitar el uso desmedido de la fuerza en operativos de seguridad.

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El caso se suma a una serie de investigaciones sobre el accionar de la Policía Nacional en manifestaciones públicas, lo que reabre el debate sobre la responsabilidad estatal en el control del orden público y el impacto de estas intervenciones en la garantía de los derechos humanos en el país.

Foto: Alcaldía de Bogotá – Referencia

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