Tribunal de Cundinamarca rechaza demanda contra Claudia Blum
El fallo obedece a que los argumentos presentados no causaban un acto de nulidad contra el nombramiento, emitido a través de un acto administrativo, por parte del presidente Iván Duque.
La canciller, quien llegó al cargo luego que Carlos Holmes Trujillo pasara a las funciones de Defensa tras la renuncia de Guillermo Botero; fue nombrada en 2019 luego de ocupar un asiento en el Think Tank Diálogo Interamericano.
Pero su nombramiento no estuvo exento de polémica, dado que surgieron informaciones de que ella y su esposo contribuyeron económicamente con la campaña del hoy mandatario de los colombianos.
Esto motivó la demanda rechazada por el Tribunal. Ésta cuenta con dos argumentos: el primero es la afirmación de que Blum, y su esposo José Francisco Barberi, habrían aportado cerca de 240 millones de pesos. El segundo está vinculado con la designación presidencial que no respondió a los criterios de meritocracia, así como la calidad académica de Blum, dado que no cuenta con la carrera diplomática de rigor para el cargo, así como tampoco estudios de relaciones internacionales, lo cual significaría una nulidad de hecho.
Dada esta situación, los hechos estarían respaldados por muchos cargos diplomáticos anulados o insubsistentes por no cumplir los requerimientos establecidos por la Cancillería Colombiana.
De acuerdo con el demandante, Blum no contaría con las facultades para el desempeño de un cargo vital para la política colombiana, como ser la cabeza visible del Ministerio de Relaciones exteriores, ya que en su hoja de vida se menciona que es “es psicóloga de profesión (…) por lo que no cuenta ni con estudios ni con experiencia profesional amplia, real y comprobada en materia diplomática o de relaciones exteriores e internacionales”, como lo señaló en el texto evaluado por el despacho a cargo del caso.
Pero el fallo del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano consideró en evaluación jurídica que los conceptos presentados por la Presidencia de la República y la defensa de Claudia Blum eran suficientes para no establecer ningún tipo de relación entre su designación y el apoyo que realizó su familia a la campaña presidencial 2018-2020, por lo que su nombramiento estaba ajustado a las consideraciones legales vigentes.
Luego de conocido el fallo en primera instancia, el demandante informó que entablará un recurso de apelación en contra de éste, dado que señala una conexión evidente entre los aportes financieros por 240 millones de pesos firmados por Claudia Blum y su esposo a la campaña electoral de Iván Duque en el 2018.
Cabe recordar que el mandatario ponderó la designación de la canciller en sus redes sociales:
“Le informo al país que he designado como nueva ministra de Relaciones Exteriores a la Dra. Claudia Blum. Caleña, fue senadora y Embajadora, actual miembro del Diálogo Interamericano con sede en Washington. Con amplia experiencia en asuntos políticos e internacionales”, registró su cuenta de Twitter al momento del nombramiento, mismo que es cuestionado bajo el argumento de que es una retribución en pago a los mencionados aportes de Blum y su familia.
Fuente: infobae.com
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