Registraduría recuerda normas para el cubrimiento de la Jornada Electoral

Mediante un comunicado expedido recientemente, el Registrador Nacional Carlos Ariel Sánchez Torres señala los aspectos que deben tener en cuenta los funcionarios de esta entidad para garantizar el trabajo de los comunicadores en el desarrollo de la jornada del próximo 30 de octubre.


El documento está dirigido a los registradores distritales, los delegados departamentales y registradores especiales, auxiliares y municipales de todo el país, a quienes se les expone una a una las especificaciones que se deben adoptar ese día en cuanto al suministro de la información ,tanto en los puestos de votación como en el momento de la emisión de los resultados.

Este es el contenido del comunicado:

1. Conforme con lo establecido en el Decreto 3569 del 27 de septiembre de 2011, del Ministerio del Interior en su artículo 11, “Durante la Jornada Electoral no podrán usarse dentro del puesto de votación teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8am y las 4pm, salvo los medios de comunicación debidamente identificados”. Los medios están autorizados para ingresar a los puestos de votación y su única restricción es el deber preservar el secreto del sufragio, así como también la prohibición de encuestas a boca de urna y la prohibición de entregarle a los jurados de votación planillas, formularios u otro tipo de documentos a diligenciar. Es decir que queda completamente prohibida toda clase de propaganda, manifestaciones o entrevistas con fines político – electorales, al igual que la publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

2. La mencionada identificación corresponde a la Credencial del Medio de Comunicación o la del Periodista, ya que la Acreditación que otorga la Oficina de Comunicaciones y Prensa es únicamente para el ingreso a las 34 salas de prensa dispuestas.

3. Los únicos voceros de la entidad ante los medios de comunicación son los miembros del equipo directivo en los asuntos de su competencia y los registradores distritales y delegados departamentales.

4. Los medios oficiales para la entrega de información de la Entidad a los medios de comunicación son, además de las declaraciones de los voceros autorizados, la página web www.registraduria.gov.co y los comunicados de prensa expedidos por la Oficina de Comunicaciones y Prensa.

5. La Oficina de Comunicaciones y Prensa está coordinando lo relacionado con adecuación y montaje de salas de prensa así como acreditación de periodistas. Por razones de seguridad física e informática, todos los periodistas que ingresen a las salas de prensa deben acreditarse previamente, y así lo ha informado la Oficina de Comunicaciones y Prensa a los distintos medios de comunicación. Cada Delegación Departamental designará un Funcionario que interactúe con la Oficina de Comunicaciones y Prensa, y colabore con las gestiones logísticas en cada ciudad capital.

6. Para la entrega de resultados de preconteo a los medios de comunicación, se ha dispuesto la organización de 34 salas de prensa, una en cada capital de departamento y tres en Bogotá para la información de Bogotá, Cundinamarca y consolidación nacional. Con el fin de atender los requerimientos de información de los distintos medios, se solicita garantizar la presencia de uno de los delegados departamentales, en su calidad de vocero de la entidad, en la correspondiente sala de prensa, el domingo 30 de octubre a partir de las 3:30pm.

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