Prohiben porte de armas de fuego en Soacha y Cundinamarca

Desde las 0:00 horas de este mièrcoles hasta las 24:00 horas del día viernes 21 de julio quedan suspendidos los permisios especiales para el porte de armas de fuego expedidos a personas naturales y jurídicas en toda la jurisdicción de la Décimo Tercera Brigada del Ejército Nacional, que incluye a Bogotá, Cundinamarca y algunos municipios del Meta, Huila y Tolima.


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La prohibición se hizo efectiva por medio de la Resolución 0017 del 18 de julio de 2017, firmada por el coronel Eduardo Alberto Arias Rojas, segundo comandante y Jefe del Estado Mayor de la Décimo Tercera Brigada del Ejèrcito Nacional, la cual estipula:

ARTÍCULO 1. SUSPENDER de manera general y por término definido la vigencia de los permisos especiales para el porte de armas de fuego expedida a personas naturales y jurídicas a partir de las 0:00 horas del día miércoles 19 de julio de 2017 hasta las 24:00 horas del día aviernes 21 de julio de 2017, en la ciudad de Bogotá, los municipios de Cundinamarca, los municipios de El Calvario y Sanjuanito del departamento del Meta, Colombia en el Huila e Iconzo, Prado, Villarrica, Dolores y Alpujarra en el Tolima, ubicados dentro de la jurisdicción de la Décimo Tercera Brigada del Ejército Nacional.

ARTÍCULO 2. EXEPTUAR de la medida de suspensión de la vigencia del permiso para porte y no requerirán permiso especial las siguientes personas:

-El personal activo de la Fuerza Pública que sean titulares de permisos para porte de armas de fuego para su defensa personal.

-Reserva activa de la Fuerza Pública y oficiales de la Reserva

-Los congresistas y secretarios generales de la Cámara de Represenantes y del Senado de la República.

-Los ministros de despacho.

-Los magistrados de las altas cortes y de los Tribunales.

-El Fiscal general de la nación, jueces y fiscales de todo orden.

-El Procurador general de la nación, los procuradores delegados I y II ante la Corte Suprema de Justicia, en el área penal.

-El Contralor general de la república.

-Los gobernadores, diputados, alcaldes municipales y concejales.

-Deportistas y coleccionistas de armas de fuego debidamente acreditados y con los permisos de tenencia para armas deportivas vigentes…

La Resolución también exceptúa de la medida a la Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, INPEC, Unidad Nacional de Protección, Dirección Nacional de inteligencia, Unidad Administrativa de Migración Colombia, empresas de vigilancia y seguridad privada, y las misiones diplomáticas acreditadas en el país.

La medida se toma por la celebración del grito de independencia en todo el territorio nacional.

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