Piden frenar publicidad política en Soacha y otros territorios del país

Con un llamado al Consejo Nacional Electoral, CNE, la Procuraduría General de la Nación pide poner freno a la publicidad política desmesurada que han iniciado algunos candidatos que aspiran a un cargo de elección popular, a través de recolección de firmas.


El procurador Fernando Carrillo le solicitó al CNE adoptar medidas inmediatas para regular y vigilar la propaganda exterior visual, en procesos de recolección de firmas, encuestas y consultas para los candidatos que aspiran a un cargo de elección popular.

Es así como en carta enviada al presidente del CNE, Heriberto Sanabria Astudillo, le advirtió del vacío en la reglamentación en temas como el alcance y las características precisas de la propaganda que puede hacerse en razón de las consultas, y su uso en otros mecanismos para la selección de los candidatos, por ejemplo, las encuestas.

“Aunque el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 establece los plazos específicos para el inicio de la publicidad exterior y la difusión a través de medios de comunicación, dicha disposición no es precisa en lo que respecta a los candidatos que aspiran a un cargo de elección popular mediante los mecanismos de recolección de firmas, encuestas o consulta”.

La cabeza del Ministerio Público en Colombia aseguró que la posibilidad de uso de propaganda en consultas debe darse únicamente a partir de la confirmación de su realización.

Dijo también Carrillo que la propaganda exterior anticipada para candidatos que utilicen esos mecanismos “contradice los plazos establecidos por la ley para el desarrollo de las campañas electorales, en la medida en que adelanta su iniciación”, e instó al CNE a tomar medidas que garanticen el equilibrio en el desarrollo de los comicios que se realizarán el 27 de octubre.

El Ministerio Público también le solicitó a las autoridades municipales y distritales dar cumplimiento al artículo 3 de la Ley 140 de 1994 que prohíbe instalar publicidad exterior visual sobre infraestructuras, tales como postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura propiedad del Estado, y al artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, que establece los plazos para iniciar la publicidad exterior visual.

Así mismo, pidió a los mandatarios territoriales adelantar los procedimientos administrativos necesarios para garantizar que los elementos publicitarios que no cumplen con las condiciones de ley sean retirados, particularmente en Bogotá, Medellín, Sabaneta, Soacha y Riohacha, sobre las cuales se tienen registros y reportes sobre la ubicación de vallas publicitarias de propaganda electoral.

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