Alcaldía de Soacha no cumple fallo de Tutela por caso Maranatha

Luego de tres años de inconvenientes y luchas a cargo de los residentes de Maranatha II, a raíz del litigio existente sobre el predio donde fue construido este conjunto de la comuna uno, ahora se suma el desacato de la Alcaldía de Soacha y la Inspección Primera de Policía, a una tutela fallada por el Juzgado de Familia de este municipio.


Inicialmente Maranatha II fue destinado como un proyecto urbanístico de propiedad horizontal en 1995, en el que se tenía planeado construir 540 apartamentos distribuidos en 15 torres, no obstante por inconvenientes de la constructora, el proyecto fue suspendido y del conjunto planeado se alcanzaron a edificar tres torres en medio del terreno, las cuales fueron entregadas a sus respectivos compradores.

Pero el resto del lote quedó baldío y desde ese momento ha presentado problemas inmobiliarios, entre ellos la venta ilegal del terreno en 2013 por parte del entonces abogado de la Junta de Acción Comunal y algunos de sus representantes a Juan Adelmo Montenegro. Posteriormente, asegura la comunidad, que quien hizo la compra del espacio lo ha usado de manera irregular y está realizando venta de lotes y modificaciones importantes sin ninguna clase de permiso, y mucho menos sin practicar una previa consulta a los propietarios, afectando potencialmente la integridad de los residentes.

Comenzó entonces un litigio, motivo por el cual la comunidad puso el problema en conocimiento de las autoridades y de Asonavi (Asociación Nazarena de Vivienda), dueña inicial del predio.

Pero las autoridades de Soacha también entraron al juego para determinar si la venta de lotes y las construcciones eran legales o no.

El 11 de febrero de 2016, la firma BYM Constructores entabló Acción de Tutela contra la Secretaría de Gobierno y la Inspección primera de Policía de Soacha, teniendo en cuenta que la Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de vivienda de la Secretaría del Habitad de Bogotá profirió la Resolución 469 de 1997, a través de la cual ordenó la toma de los negocios, bienes y haberes de ASONAVI, y en consecuencia el embargo y secuestro del inmueble donde se construyó Maranatha. El 27 de junio de 2013, comisionó a la Secretaría de Gobierno de Soacha para que adelantara diligencia de secuestro sobre el mencionado bien, y esta a su vez designó a la Inspección primera de Policía, la cual dio inicio a la diligencia de secuestro definitiva el 2 de octubre de 2013, pero ha sido suspendida en repetidas ocasiones y hoy la situación sigue igual.

Así mismo, la Alcaldía de Soacha profirió resolución 193 de 2015 por medio de la cual ordenó el lanzamiento del señor Juan Adelmo Montenegro y demás personas que ocupan el lote en mención; para ello comisionó a la Inspección primera de Policía, diligencia que fue iniciada el 30 de julio de 2015, pero que también ha sido suspendida varias veces.

El Juzgado tercero civil municipal de Soacha falló en contra de BYM constructores el 23 de febrero de 2016. Sin embargo, la firma impugnó la decisión y acudió al Juzgado de familia de Soacha, entidad que el 15 de abril de 2016 revocó la sentencia y ordenó tutelar el derecho al debido proceso a la Sociedad BYM Constructores SAS.

El fallo ordena al Inspector primero de policía Soacha que dentro del término de 48 horas se fije hora y fecha para continuar con las diligencias relacionadas en la Resolución 1523 de 2015, proferida por la Subsecretaría de Inspección, vigilancia y control de la Secretaría del Hábitat de Bogotá y la Resolución 1220 de 2015 de la Alcaldía de Soacha.

La fecha para la práctica de la diligencia fue fijada por el Inspector primero de Policía, Milton Armando Valenzuela González, para el 3 de junio de 2016, a partir de las 7:00 a.m., pero de nuevo se aplazó.

Ante la situación, BYM Constructores radicó el desacato de la tutela al Juzgado de Familia, y este a su vez remitió el 10 de junio pasado el Incidente a la Alcaldía de Soacha, en donde le ordena que en el término de tres días acredite el cumplimiento del fallo de tutela proferido en segunda instancia el día 15 de abril de 2016. Así las cosas, la diligencia debe adelantarse este lunes 13 de junio.

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