Alertan cobro de aseo por unidad habitacional

El líder y veedor ciudadano de la comuna seis de Soacha, Pedro Guzmán, hizo un claro llamado al alcalde Juan Carlos Nemocón y a la comunidad del municipio para que se opongan al cobro de la tarifa de aseo por unidad habitacional que está realizado la empresa Aseo Internacional. Dijo que la medida ha venido aumentando los ingresos de la firma concesionaria, pero aseguró que el servicio no mejora.


Guzmán, como Reportero Público de este medio, realizó el siguiente artículo:

¡La indiferencia nos mata!

Con la implementación del cobro por unidades habitacionales en la tarifa de aseo en Soacha, están incrementando cobro en mucho más del 100% en la tarifas actuales

La indiferencia nos mata, este cobro lo están implementando poco a poco desde finales del año anterior, pero con esta estrategia muchos callan porque no los ha tocado aún. Sin embargo, a mediano plazo dicho cargo tendrá una cobertura del 100% de los usuarios del servicio de aseo en Soacha; avanza como un mal cáncer, despacio pero seguro. . .

Según lo averiguado, en 1.997 cuando iniciaron los estudios técnicos para la implementación del sistema del servicio de aseo en Soacha por medio de concesión, dichos estudios fueron desarrollados mediante el censo de predios y el catastro de usuarios de la E.A.A.B., donde relacionan los predios por contadores de agua y establecen las tarifas para aquellos que aún no cuentan con medidor, pero que cancelan el acueducto de acuerdo al ciclo IO de aguas; la empresa Servigenerales realizó un convenio, a través del contrato de concesión 020 de diciembre de 1997, para que el cobro de la tarifa se hiciera en la misma factura del acueducto.

Posteriormente y el sonar de muchos, es que la Empresa Aseo Internacional S. A. E.S.P., que ‘reemplazó’ a la anterior en la nueva contratación, solamente lo hizo de nombre o razón social, porque los socios mayoritarios siguen siendo los mismos, es decir que estos estudios no son desconocidos por parte de los dirigentes de la actual empresa prestadora del servicio de aseo en Soacha, pero extrañamente y aparentemente ‘amparados’ legalmente en los conceptos emitidos por la Superintendencia de Servicios públicos Domiciliarios en Bogotá, y después de más de 13 años de cobrar por predios y/o contadores de agua en la Ciudad, desde finales de 2.010 intentaron por primera vez de implementar el cobro de la tarifa de aseo en el Municipio, NO por predios y/o contadores de agua, sino por unidades habitacionales, que no es otra cosa que una habitación con su baño y su cocina, es decir, que si un predio de un piso tiene dos o más habitaciones, dos baños y dos cocinas, les daría derecho a cobrar dos veces la tarifa del servicio de aseo y así sucesivamente. Ahora, si en una casa hay dos o tres baños o dos o tres cocinas, cobrarán dos, tres o más veces la tarifa de aseo.

En otras palabras, si usted en su predio con un sólo contador cancela mediante su factura de agua veinte mil pesos, al aplicarle este nuevo sistema de cobro le tocará pagar cuarenta mil, sesenta mil u ochenta mil pesos por la tarifa del servicio de Aseo, dependiendo del número de cocinas y baños que tenga en su predio; esto desde luego que supondrá un aumento en las ganancias de la empresa prestadora de servicio público, y como ya lo están cobrando desde el año anterior, vemos que NO ha mejorado en nada el servicio ni han aumentado el parque automotor, situación que va en detrimento de la calidad del servicio de aseo, (lo que se nota por la prisa con que pasan sin importar los regueros que dejan, el aumento de las frecuencias de recolección en las jornadas nocturnas, el retardo en las frecuencias diarias, lo que hace que permanezcan muchos más sitios de acopio de basuras en menoscabo del medio ambiente y el barrido que solamente lo hacen al ancho del cepillo), a pesar de la inclusión de muchos nuevos usuarios en el catastro de la Empresa de Aseo por la desmesurada urbanización del último año.

Lo que sí se nota es que están muy prestos a cobrar, a pesar que la calidad es la misma que durante varios años han prestado y que siempre han originado quejas de la mayoría de usuarios por mal servicio; la empresa tampoco ha tenido en cuenta que al aumentar el número de usuarios que pagan el servicio, debe disminuir el valor a cancelar por el mismo, situación que no hemos visto reflejada en nuestras facturas que con el pasar de los meses aumentan poco a poco, pero muy fijamente y sin contar con el descuento que deben hacer a la cantidad de usuarios a los que NO les prestan la recolección puerta a puerta.

En este enlace podrán ver cómo a finales de 2.010, los veedores logramos con la voluntad política del Alcalde de turno, José Ernesto Martínez, hacer reversar esta medida y ‘obligar’ a la empresa a devolver el dinero a los usuarios que ya habían pagado mediante este sistema que hoy ya están implementando nuevamente en el Municipio, ante la pasividad de la Administración Municipal, en cabeza del señor Alcalde, y de la mayoría de usuarios del municipio a quienes aún no los cobija la medida, pero que tarde o temprano los alcanzará.

Así mismo, en este link encontrarán cómo los habitantes del barrio el Nogal pegaron el grito en el cielo cuando a finales del año anterior les implementaron esta medida, pero que la indiferencia del pueblo soachuno los dejó solos y por eso hoy la medida sigue avanzando.

Al consultar al alcalde Juan Carlos Nemocón sobre la implementación de la medida, dio a entender que este cobro es legal, por lo tanto y a pesar de llevar más de un año reuniéndose con algunos veedores importantes del municipio, está permitiendo que la empresa de Aseo la Implemente. Tal vez el mandatario no ha dimensionado el verdadero problema ni ha asumido lo que esperamos todos, como lo es la defensa del bolsillo de la comunidad y/o usuarios. Creo que está equivocado porque él, como primera autoridad del municipio, debe velar por los intereses de la comunidad y si legalmente la empresa pudiera efectuar este cobro, entonces hay alternativas que el mismo mandatario debería haber puesto sobre la mesa antes de permitir que iniciaran este cobro:

• La defensa de los derechos de los usuarios según articulo 9. de la ley 142 de 1.994, Numeral 9.1: “Obtener de las empresas la medición de sus consumos reales mediante instrumentos tecnológicos apropiados, dentro de plazos y términos que para los efectos fije la comisión reguladora, con atención a la capacidad técnica y financiera de las empresas o las categorías de los municipios establecida por la ley”.
Numeral 9.2: “La libre elección del prestador del servicio y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención o utilización”.

Con el anterior argumento, si la empresa insiste en implantar el sistema de cobro, NO por predios como siempre ha sido en Soacha, (porque no somos Bogotá), sino por unidades habitacionales, entonces se abren dos opciones para beneficio de los usuarios: que nos cobren midiendo (pesando) los residuos de todos los usuarios, y/o que se abra la libre elección del prestador de servicios, acabando con el monopolio y permitiendo que vengan a Soacha nuevas empresas a ofertar servicios donde podamos escoger quién, de qué calidad, cómo nos cobra las tarifas y cómo presta el servicio. Al tener esta competencia, con toda seguridad va a salir ganando el usuario, como lo dice el artículo 11 de la misma ley, en su numeral 11.1.-: “Asegurar que el servicio se preste en forma continua y eficiente, y sin abuso de la posición dominante que la entidad pueda tener frente al usuario o a terceros”. Y el artículo 11.2.-: “Abstenerse de prácticas monopolísticas o restrictivas de la competencia, cuando exista, de hecho, la posibilidad de la competencia”. Y en Soacha desde hace muchos años existe la posibilidad de libre competencia, pero no se ha aplicado, permitiendo que en muchos casos las Empresas prestadoras de servicios públicos abusen de los usuarios.

• Teniendo en cuenta que el servicio de Acueducto y alcantarillado en Soacha lo presta el Distrito Capital de Bogotá mediante la E.A.A.B. y que ésta a su vez tiene un tentáculo llamado Aguas Bogotá, el cual y según muchos usuarios, ha reducido costos y mejorado el servicio en la capital, entonces y en defensa del bolsillo de la Comunidad de Soacha, por qué el señor alcalde no abre la posibilidad de mirar esta opción como alternativa, sopesando bien los pros y los contras, pero que finalmente sea benéfico para la Comunidad. Eso sí con participación activa de todos los organismos sociales, comunales, comunitarios y de usuarios.

• Soacha es cada día más grande, por lo tanto merece un prestador diferente de servicio público de aseo por cada comuna, incluso pensando en apoyar a las organizaciones comunales y comunitarias.

Las funciones de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA, se enmarcan principalmente en lo dispuesto en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994, así: establecer las metodologías tarifarias con las cuales las personas prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo calculan sus respectivas tarifas y regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos, cuando la competencia no sea de hecho posible; y, en los demás casos, promoverla entre quienes presten servicios públicos, para que las operaciones de los monopolistas o de los competidores sean económicamente eficientes, no impliquen abuso de la posición dominante, y produzcan servicios de calidad. No obstante lo anterior, es importante señalar que el Decreto 1713 de 2002, que establece las definiciones y normas relacionadas con la prestación del servicio de aseo, clasifica los usuarios en residenciales y no residenciales. De acuerdo con lo dispuesto en las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, los primeros se clasifican máximo en seis (6) estratos socioeconómicos: 1) bajo-bajo, 2) bajo, 3) medio-bajo, 4) medio, 5) medio-alto, y 6) alto por estratos 1,2,3,4,5 y 6; en tanto que los no residenciales en pequeños y grandes productores, según las definiciones contenidas en el artículo 1 del Decreto ídem, sin embargo, esta norma no establece de manera explícita una definición de “unidad habitacional”.

De otro lado sería bueno saber qué presupuesto ha entrado a las arcas municipales y cómo se ha manejado producto del resultante de la participación accionaria del 20%, que tiene el municipio en la unión temporal del servicio de aseo de Soacha. Como socio activo que es, y siendo socio de esta unión temporal, por qué la administración de Soacha está permitiendo este cobro INUSUAL en la historia de concesiones de aseo en el municipio?

Debo aclarar que como veedor municipal desafortunadamente no fui invitado a ninguna de estas reuniones donde han socializado la medida con otros veedores del municipio, a pesar que en el 2.010 lideré dichas reuniones para que reversaran el cobro. Pienso que aunque se está perdiendo la batalla porque desde el año anterior ya hay muchos usuarios que les están cobrando de esta forma, aún hay posibilidades de volver a hacer echar para atrás este cobro inusual en nuestro municipio y defender así a los usuarios del servicio de aseo. Ojalá nuestros compañeros veedores que están asistiendo a las reuniones lean este artículo y si encuentran algo interesante para llevar a la mesa, lo hagan por el bien de todos; como humano puedo estar equivocado, pero con la ayuda de los lectores en el panel de comentarios saldrán más aportes para que sean tenidos en cuenta en las mesas de trabajo de nuestros veedores, una batalla se ha perdido pero la guerra aún NO.

Desde ya alerto que si no reaccionamos y dejamos implantar definitivamente este sistema de cobro, muy pronto tendremos a Sociluz (que dicen ser de los mismos dueños), implantando un sistema de cobro similar de alumbrado público: actualmente cobran por medidor y nos pueden llegar a cobrar por unidades habitacionales, igualmente y con los mismos argumentos.

Resta solamente enviarle el mensaje al Señor Alcalde Municipal, que él tiene el argumento histórico desde que la prestación del servicio de aseo se concesionó y que siempre se ha cobrado por predios y/o contadores de agua, que también tiene el antecedente de la voluntad política del anterior Alcalde, quien en defensa de la comunidad en el año 2.010 contribuyó para que esta medida se echara para atrás, por lo tanto es necesario socializar este delicado tema, integrando todos los sectores sociales de usuarios, Vocales de control, comunales y comunitarios, porque la verdad muy pocos sabíamos que llevaban mucho tiempo reuniéndose algunos pocos para tomar decisiones que afectan a todos. Y a la Corporación Concejo Municipal de Soacha y a cada uno de sus integrantes, que tienen también la oportunidad histórica de entrar a defender los intereses de la comunidad a la que representan y por la cual fueron elegidos.

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