Cinco días tiene Bogotá para que explique comparendos por fotomultas

Según la Procuraduría, el Distrito ha incumplido la orden de la Corte Constitucional que establece que la multa se le debe hacer a la persona que la cometió y no al dueño del vehículo.

Por lo anterior, el Ministerio Público le solicitó al secretario de movilidad de Bogotá responder por el incumplimiento del fallo de la Corte Constitucional (C-038 de 2020) en el que establece los lineamientos para el cobro de infracciones por fotomultas.

En su decisión, la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben poner a quien está conduciendo y comete la infracción.

Sin embargo, quejas de ciudadanos dan cuenta que las alcaldías no estarían cumpliendo el fallo. Por eso, los secretarios tienen 5 días de plazo para presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos.

Este llamado de atención se extendió también a los secretarios de movilidad de Cali y Medellín, quienes también estarían incumpliendo el fallo.

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