Compradores de vivienda VIS/VIP, exentos del pago de Impuesto de Registro

Las familias de escasos recursos que adquieran proyectos de vivienda de interés social o prioritario en cualquiera de los 116 municipios del departamento podrán quedar exentos del pago del Impuesto de Registro.

Para hacer efectivo este beneficio, las familias deben descargar el formulario que se encuentra en el link: https://bit.ly/2mnjPX0, diligenciarlo y entregarlo en el Centro de Información y Atención al Usuario (CIAC), en la sede central de la Gobernación de Cundinamarca (Calle 26 N° 51-53), anexando los documentos solicitados: Copia de la Escritura de Compraventa (proyectos terminados) o Promesa de Compraventa (proyectos en ejecución); fotocopia del documento de identidad del solicitante, y documento de asignación de subsidio o certificación de estado de postulación al subsidio (mínimo en condición “HABILITADO” para hogares en Promesa de Compraventa).

En
este sentido, la Secretaría de Hábitat y Vivienda de Cundinamarca
invita a los constructores que tengan proyectos de vivienda VIS/VIP
con licencia de construcción otorgada en un municipio del departamento de Cundinamarca para que los registren
formalmente. Para ello debe descargar el formulario en el link: https://bit.ly/2mnjPX0,
diligenciarlo y entregarlo en el Centro de Información y Atención al
Usuario (CIAC), en la sede central de la Gobernación de Cundinamarca
(Calle 26 N° 51-53),
anexando licencia de construcción.  

“La
exención del pago del Impuesto de Registro es otra herramienta
implementada por el gobierno departamental para facilitarles
a los habitantes de escasos recursos el acceso a la vivienda social.
Invitamos a los constructores con proyectos de vivienda de interés
social o de interés prioritario en los 116 municipios de Cundinamarca
para que los presenten en el formato de registro.
Y también a los hogares que vayan a adquirir una Vivienda de Interés
Social y/o Prioritaria con subsidio familiar de vivienda, ya sea del
Gobierno Nacional o de las cajas de compensación familiar, para que
soliciten dicha exención”
,
explicó Pablo Ariel Gómez, secretario de Hábitat y Vivienda de Cundinamarca.

La
exención fue establecida mediante ordenanza N° 096 de 2019, “por la
cual se establece una exención en el pago del Impuesto de Registro
a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda otorgado por el
Gobierno Nacional o por las cajas de compensación familiar, aplicados en
proyectos de vivienda de interés social VIS y VIP en el departamento de
Cundinamarca”.

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