Condenados dos exsoldados y un civil por «falsos positivos»

Fueron condenados por un Juzgado Especializado de Villavicencio a 20 años de prisión, cada uno, por su responsabilidad en la muerte de dos campesinos, en hechos ocurridos en el sector de Caño Cafre, jurisdicción de Puerto Concordia (Meta), en marzo de 2006.


Los afectados con la decisión judicial son Luis Alberto Camargo Pinzón y César Augusto Montealegre Garzón, soldados profesionales del Ejército para la fecha de los hechos, y Dúmar Vargas Rivera, quien oficiaba como guía de los militares en la zona.

La investigación de la Fiscalía Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Villavicencio demostró, con base en la denuncia presentada por la madre de una de las víctimas, que integrantes de una compañía del Batallón Joaquín París del Ejército Nacional, con sede en San José del Guaviare (Guaviare) e integrantes del grupo armado ilegal “Erpac Bloque Centauros”, irrumpieron en la finca de la denunciante.

Luego de revolcar la vivienda se llevaron a su hijo Arcadio Torres Peña, de 33 años, y al trabajador Rosendo Holguín Bohórquez, de 51 años, quienes se encontraban arreglando una cerca.

Dos días después, la señora fue hasta el lugar donde estaba acampando la tropa militar y sus responsables le informaron que las personas por quienes ella averiguaba habían muerto en combate, señalados de pertenecer a las Farc después de, supuestamente, haber atacado a la tropa mientras que se desplazaba por la zona.

Camargo Pinzón, de 34 años, se encuentra en el centro de reclusión militar de Apiay (Meta), y en diciembre de 2014 fue condenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca, previo allanamiento a cargos, a 48 meses de prisión y 1.350 salarios mínimos legales de multa por el delito de concierto para delinquir como participante activo de la banda criminal “Erpac”.

Entre tanto, Montealegre Garzón, soldado profesional retirado en octubre de 2006, fue declarado persona ausente, mientras que el civil Dúmar Vargas Rivera, de 35 años, se encuentra recluido en la cárcel Modelo de Bogotá desde 2011 por este proceso adelantado en su contra, pero además tiene otra medida de aseguramiento desde 2012 por el delito de concierto para delinquir.

El fallo emitido por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Villavicencio dictó la sentencia contra los condenados por los delitos de homicidio en persona protegida, secuestro simple agravado y concierto para delinquir en calidad de cómplices. Además, les impuso una multa de 1.010 salarios mínimos legales vigentes.

En la sentencia se niegan los mecanismos sustitutivos de la pena de prisión, de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y prisión domiciliaria, por lo cual, continuarán privados de la libertad.

Fuente: ElColombiano.com

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