Corte Constitucional avaló restricción del consumo de sustancias psicoactivas en parques infantiles
Tras un debate, la Corte avaló la restricción del consumo de sustancias psicoactivas en lugares donde hay alto flujo de niños, niñas y adolescentes, como parques e instituciones educativas.
En las últimas horas la Corte Constitucional de Colombia avaló la norma que restringe el consumo de sustancias psicoactivas en parques infantiles, instituciones educativas o lugares deportivos, y también la dosis mínima. Lo que se indicó es que desde las alcaldías locales y municipales se deberá implementar protocolos que se comprometan al cumplimiento de esta norma.
A su vez, la propuesta busca el respeto por los derechos de los consumidores, por lo que el Gobierno Nacional deberá emitir un plan de regulación donde se establezca la no violación de dichos derechos y el respeto por el espacio que quedará restringido para el consumo de estas sustancias, así mismo tendrá que dar a conocer las sanciones que implicaría violar la norma.
“Buscamos la garantía de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes, también el respeto por los derechos fundamentales de los consumidores y la proporcionalidad de la actuación policiva para sancionar el porte y el consumo propio o con fines médicos de sustancias psicoactivas en los parques, zonas o áreas del espacio público; también velaremos por el respeto a la autonomía territorial y el autogobierno”, indicó la Corte.
Con este aval se estima que en los próximos meses se pueda implementar esta norma en todo el territorio colombiano, brindando mayor seguridad en las diferentes zonas comunes donde hay alto flujo de niños, niñas y adolescentes.
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