Corte ordenó reparación a familia del concejal de Soacha asesinado en el atentado a Galán

La Corte Constitucional condenó a la Nación al acoger los argumentos de la familia del concejal de Soacha asesinado en el atentado a Galán, ocurrido el 18 de agosto de 1989.

La familia del concejal Julio César Peñaloza pedía responsabilizar a la Nación por la omisión de funciones y facilitar los hechos ocurridos la noche del 18 de agosto de 1989 cuando fue asesinado el líder político y candidato presidencial Luis Carlos Galán, padre del actual alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán.

Han pasado 35 años y desde ese entonces la esposa e hija del concejal Peñaloza emprendieron una batalla jurídica para demostrar la responsabilidad del Estado en lo ocurrido en Soacha.

La familia argumentó que el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) debía responder porque preciso esa noche “cambió y debilitó la seguridad del candidato presidencial, asignando un nuevo jefe que tenía conexión con quienes fueron los autores materiales del crimen, sumado a que el director del DAS contribuyó de manera significativa a la realización del atentado”.

La familia del concejal interpuso una acción de tutela y con el fallo la Corte anuló una sentencia del Consejo de Estado del año 2022, en la cual le habían negado la reparación, argumentando que el DAS ya no existía. Precisamente, la Policía argumentó en su momento que la entidad que debía responder era la Fiduprevisora S.A., entidad que asumió la defensa jurídica del extinto DAS, pero el alto tribunal dijo que dicha empresa no había sido llamada a responder por los familiares de Peñaloza.

En la tutela, la familia de Peñaloza argumentó que sus derechos habían sido vulnerados y que el Consejo de Estado había fallado en la garantía del acceso afectivo a la administración de justicia para las víctimas, más cuando hay graves violaciones de derechos humanos.

“En tal sentido, dado lo confuso que era determinar las competencias y el traslado a otras entidades de algunas funciones que ejercía el extinto DAS, esa carga no puede operar en contra de las víctimas al punto de limitar el acceso efectivo a la administración de justicia”, explicó la Corte.

Tras el fallo, la Corte Constitucional revocó la última sentencia del Consejo de Estado y le ordenó que en un término de 15 días emita un nuevo fallo que reconozca la responsabilidad de la Nación, concretamente de la Policía Nacional, Agencia de Defensa Jurídica del Estado y la Fiduprevisora- que maneja los procesos judiciales del extinto DAS.

Así las cosas, el Estado deberá reparar a la familia de Peñaloza y tasar los perjuicios que reclaman, al perder a uno de sus seres queridos.

Foto (de izquierda a derecha): Julio César Peñaloza, Pedro Julio Sánchez y Daniel Castañeda. Cortesía: Soacha Histórica

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