Hogares sustitutos del ICBF mejoran calidad de vida de la niñez soachuna
Los hogares sustitutos del ICBF son una de las alternativas que ofrece la entidad para que los niños o niñas que se les ha vulnerado alguno de sus derechos puedan ser acogidos por una familia que les brinde amor y sobre todo un hogar para su sano desarrollo físico, emocional y personal.
Una familia dispuesta a darle todo su amor a un menor de edad al cual se le han vulnerado sus derechos, así como poder ofrecerle las condiciones necesarias para que tenga una mejor calidad de vida, se constituyen en los principales requerimientos para poder ser seleccionada como hogar sustituto del ICBF. De ahí que se busquen personas comprometidas con la infancia, toda vez que la cantidad de niños desprotegidos por sus familias de origen y por la sociedad en sí, son factores cotidianos en el país.
Este medio consultó a algunos funcionarios del ICBF en el Centro Zonal de Soacha, al cual le corresponde estudiar, verificar y diagnosticar los casos de vulneración de derechos a los menores de edad en el municipio. De acuerdo con ellos, existen algunos procedimientos estipulados para determinar en primera instancia si el niño, niña o adolescente debe ser remitido a un hogar sustituto y recibir la atención integral por parte de la familia que lo conforma.
“En un primer momento el niño ingresa al ICBF por las diferentes modalidades o áreas, puede llegar por una denuncia, referido de algún hospital, un colegio, de la comunidad o de la policía de Infancia y Adolescencia. Luego, dentro de una valoración que hace el equipo de una defensoría, que consta de defensor de familia, psicólogo, trabajador social y nutricionista, se conceptúa si el niño tiene una vulneración de derechos en el medio familiar y si amerita el ingreso al hogar sustituto”, explicó Andrea Moreno, trabajadora social del Centro Zonal de Soacha.
Vale la pena destacar que las familias que hacen parte de este programa reciben algunas bonificaciones económicas que les permiten coadyuvar con los gastos de sostenimiento del (los) menor(es) que se tengan a cargo, además estos auxilios económicos son proporcionales al número de menores que sean atendidos por el hogar sustituto.
“Mediante la reforma tributaria de la ley 1607 de 2012, el Gobierno fijó un beneficio económico para las madres sustitutas que corresponde al equivalente de un salarió mínimo legal vigente, este beneficio está sujeto al número de niños que atiendan o los días de atención que presten a los menores”, señaló Nora Bejarano, asistente administrativa del centro zonal, explicando además que el equivalente al salario mínimo se entrega a las familias que atiendan una unidad de atención, la cual corresponde a tres niños. Es decir, si su familia atiende a menos de tres niños, recibirá una bonificación proporcional a dicho salario mínimo.
De igual manera indicó que el ICBF garantiza los recursos para la adecuada atención de los niños, niñas y adolescentes que están ubicados en los hogares sustitutos, estos recursos son girados directamente a la madre sustituta y ese valor es establecido mediante el valor de un cupo. Hay que decir que el valor del cupo está dividido en tres partes:
• La cuota de sostenimiento que corresponde al 80%, esta se gira exclusivamente para atender las necesidades básicas de los niños.
• La dotación que equivale al 10 % y es para ser utilizada en adquisición de elementos básicos de atención como ropa, calzado, libros cuadernos, etc.
• Gastos de emergencia (10%), cubren situaciones que no estén previstas en los rubros anteriores.
“El decreto 1766 del 23 de agosto de 2012 fija una tarifa especial de servicios públicos para las unidades de servicio, es decir, en el lugar de residencia donde funcionan nuestras unidades de atención de los hogares sustitutos, los servicios públicos de luz, gas natural, acueducto y alcantarillado siempre llegarán con una tarifa correspondiente al estrato uno, independiente del consumo que ellas tengan”, añadió Bejarano.
Requisitos
• Además de la disposición, las madres sustitutas deben cumplir algunos requisitos básicos para poder entrar a hacer parte de este programa con el que se pretende garantizarle a la niñez colombiana unas mejores condiciones de vida, dichos requisitos son:
• Tener entre 25 y 55 años de edad
• Haber cursado mínimo hasta grado once.
• Todos los miembros de la familia deben contar con buen estado de salud física y mental, el cual debe estar debidamente certificado.
• Tener experiencia en crianza o trabajo con niños o adolescentes.
• La madre sustituta debe contar con disponibilidad de tiempo completo, a fin de brindar cuidado a los niños, niñas y adolescentes que necesiten la atención de la figura de padres sustitutos.
Finalmente, la persona interesada en obtener información sobre el tema, puede acercarse al Centro Zonal Soacha, ubicado en la transversal 15 con diagonal 33 (esquina), barrio Rincón de Santafé.
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