Listos los paraderos para transportadores de Soacha en Bogotá

El próximo sábado 31 de mayo entra en vigencia las resoluciones 03 y 043 expedidas por la Secretaría de Movilidad de Bogotá, en donde se regula el transporte en el corredor Soacha-Bogotá. El principal punto tiene que ver con el ascenso y descenso de pasajeros, que en adelante funcionará sólo en paraderos autorizados.


En atención a las inquietudes socializadas en desarrollo del convenio interadministrativo suscrito entre el Ministerio de Transporte, la Gobernación de Cundinamarca, la Alcaldía de Bogotá y el municipio de Soacha, con el fin de establecer las condiciones de operación del servicio público de transporte de pasajeros en el corredor Soacha-Bogotá, el Distrito Capital amplió hasta el 31 de mayo el plazo para entrar en vigencia los paraderos autorizados.

En este sentido, la Secretaría de Movilidad de Bogotá expidió una nueva Resolución el pasado 22 de abril, en la que amplía el plazo previsto en la Resolución 043 de 2014, que definía un plazo de dos meses para realizar acciones de pedagogía con el fin de dar a conocer las rutas y paraderos autorizados para el ascenso y descenso de pasajeros en este corredor vial.

El último plazo se vence el próximo sábado 31 de mayo, lo que indica que a partir de ese día los transportadores de Soacha sólo pueden recoger y dejar pasajeros en puntos autorizados.

Las cinco rutas autorizadas son las siguientes:

Ruta 1: Cra 68 hasta calle 80
Ruta 2: Avenida Boyacá hasta la calle 80
Rutas 3 y 4: Teusaquillo- calle 37 – cra 19
Ruta 5: Avenida primero de Mayo con retorno en la Cra 11
Ruta 6: Abastos – Banderas

En las rutas de Soacha a Bogotá se pueden recoger pasajeros únicamente en Soacha y dejar en la capital solamente en los paraderos autorizados.

En las rutas de Bogotá a Soacha se pueden recoger pasajeros únicamente cuando el destino sea Soacha. No se permite subir ni dejar dentro de la capital.

Los conductores están obligados a cumplir en su totalidad la ruta asignada en los dos sentidos.

Las medidas obedecen a lo estipulados en las resoluciones 003 y 043 de la Secretaría Distrital de Movilidad donde se establecen los recorridos dentro del perímetro urbano de Bogotá para el servicio de transporte público que sirve el corredor Soacha-Bogotá y viceversa.

Vea aquí el mapa con los paraderos autorizados por el Distrito Capital.

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