Mineducación iniciará auditorías a los establecimientos educativos de 94 Entidades Territoriales
Rectores, docentes, secretarios de educación, estudiantes y toda la comunidad educativa, se benefician con el reporte de información oportuna y exacta al Ministerio de Educación que, además de facilitar la toma de decisiones acertadas, permite la asignación eficiente de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) contemplados en la Ley 715 para la prestación del servicio y el mejoramiento de la calidad educativa.
Por tal razón, el Ministerio de Educación adelantará durante el segundo semestre de 2012, y a través de firmas idóneas elegidas por concurso de méritos para tal fin, una auditoría de la información registrada en el Sistema de Información de Matrícula (SIMAT): matrícula, planta docente (docentes, administrativos y directivos) y Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE).
Por lo anterior, es de vital importancia para las Secretarías, rectores y directores de los Establecimientos Educativos, dar cumplimiento a lo establecido en las resoluciones 166 de 2003 y 5360 de 2006, donde se definen los lineamientos y tiempos que deben cumplir las Entidades Territoriales Certificadas frente al reporte de información, actualización y verificación de sus novedades, dado que estos datos se constituyen en la base de información que será auditada.
Dicho proceso se llevará a cabo en las 94 Entidades Territoriales Certificadas del país y para cumplir con los objetivos es necesario contar con toda la colaboración de los rectores (instituciones educativas), directores (centros educativos) y secretarios de educación, en el acompañamiento de la auditoría y la entrega de los soportes solicitados.
Al finalizar las visitas de la auditoría, y con la presencia del representante legal (rectores, directores y secretarios de educación) o quien haga sus veces, se firmará un acta que recoja las conclusiones del trabajo de campo con los resultados del proceso. A partir del momento de la firma del acta, se dará un plazo máximo de dos días para el derecho a réplica y para allegar los soportes que la firma indique para efectuar los ajustes a que haya lugar, de lo contrario se considerará como definitiva la información obtenida por la auditoría en la visita y no se aceptarán reclamos ni objeciones posteriores.
Dadas las implicaciones fiscales y administrativas, los resultados del proceso de auditoría se tomarán como línea de base para determinar los ajustes a que haya lugar en el reporte de matrícula, planta docente y Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE), en las estadísticas oficiales y en la asignación de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) que se giran a las entidades territoriales. Los informes definitivos de resultados de este proceso serán socializados y entregados a las Secretarías de Educación y se enviará copia a los organismos de control para los fines pertinentes, una vez se realice el cierre del proceso tanto de auditoría como de interventoría.
El proceso de auditoría, por sus implicaciones y alcances, será acompañado por una interventoría desarrollada por firmas externas idóneas que garanticen el cumplimento de los lineamientos técnicos y procedimentales definidos por el Ministerio.
Las firmas contratadas por el Ministerio se comunicarán oportunamente con cada entidad territorial para concertar las fechas en las que se realizará dicho proceso y conocer anticipadamente, datos como ubicación de sedes y desplazamiento.
Con este proceso el Ministerio da cumplimiento a la Ley 715 de 2001, respecto al seguimiento al sistema de información para el sector educativo, reglamentado mediante el Decreto 1526 de 2002 y, posteriormente, con la Resolución 166 de 2003, donde se establece la responsabilidad de realizar auditorías para verificar la calidad de la información reportada por las entidades territoriales a Mineducación, mediante visitas presenciales a las Secretarías de Educación y sus sedes educativas de carácter oficial y los colegios privados que tengan atención a través de la modalidad de contratos de prestación del servicio con el Estado.
http://www.mineducacion.gov.co
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