Ministerio de Transporte le pone “tatequieto” a las fotomultas

El Ministerio del Transporte dio a conocer la resolución que le pone orden al tema de las fotomultas en Colombia. Las cámaras con las que se captaban las infracciones ya no se podrán instalar en cualquier lugar, solo en aquellos sitios en donde la autoridad competente lo determine necesario.


Mediante la Resolución 0000718 del 22 de marzo del 2018, el Ministerio de Transporte reglamenta “los criterios técnicos para la instalación y operación de medios técnicos o tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito y se dictan otras disposiciones”.

De esta manera, la ubicación de estos artefactos ya no será de manera arbitraria, sino bajo unos lineamientos, es decir, que el Ministerio debe hacer el estudio pertinente de si la cámara debe ir o no en algún lugar.

La resolución resuelve en su segundo artículo que “es aplicable a todas las autoridades de tránsito en el país, que directamente, o a través de terceros, instalen y operen sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios técnicos y/o tecnológicos para la detección de presuntas infracciones de tránsito”.

Sobre la colocación de las cámaras también se destacó este punto importante sobre la visibilidad: “la señalización que advierta sobre SAST (Sistemas o equipos automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones de tránsito) para la detección de infracciones de velocidad deberá ubicarse a la distancia que técnicamente determine la autoridad de tránsito competente de acuerdo a la característica de dicha infraestructura vial. Deberá tenerse en cuenta, que cuando la vía tenga varios accesos al punto de detección se deberá prever la señalización para cada uno de ellos”.

Haga clic acá para ver resolución completa.

Tomado de: www.larepublica.co

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