No se han autorizados despidos masivos por crisis de Covid-19: MinTrabajo

El
Gobierno Nacional, a través del Ministerio
de Trabajo,
reiteró que no se ha autorizado el despido colectivo de
trabajadores ni la suspensión de contratos laborales durante la emergencia
sanitaria y económica decretada en el país por cuenta del coronavirus.

La
aclaración se hizo en las últimas horas dado que a algunos medios de
comunicación ha llegado información vía telefónica en la que se ha manifestado
que la decisión del Ministerio no se ha cumplido y por el contario sí ha habido despidos de empleados en algunas
ciudades del país
.

Una
de esas llamadas la recibió El País y en ella se manifestó que varias
vendedoras de un almacén fueron retiradas de la empresa por la reducción en las
ventas, las cuales se ahondarán por el toque de queda que se realiza desde
anoche en el Valle.

Ante
esta situación, el Ministerio de Trabajo reiteró que no habrá autorizaciones para que las empresas despidan empleados bajo
el argumento de que las ventas cayeron por cuenta de las medidas adoptadas para
evitar la propagación del coronavirus.

Sin
embargo, el despacho también fue claro en señalar que si los argumentos de las empresas para despedir empleados es de otra
naturaleza, como por ejemplo una crisis financiera, se realizará otra
evaluación
. Así las cosas, las solicitudes de empleadores para suspensiones
de contratos o despidos colectivos que lleguen a las direcciones territoriales
del Ministerio de Trabajo y oficinas especiales serán remitidas a la Unidad de
Investigaciones Especiales de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control
(IVC) del Ministerio del Trabajo en Bogotá, que será la única autorizada para
estudiar las peticiones.

De acuerdo con lo dispuesto en la Circular Externa número 022 expedida el
19 de marzo, se ejercerá estricta vigilancia y control a las solicitudes que
los empleadores presenten respecto de suspensiones de contratos y despidos
colectivos, para lo cual el Ministerio expidió la Resolución 0803.

Dicha
resolución analizará el impacto a la economía y al tejido social del país, en
medio de la coyuntura de emergencia social para contener la propagación de
Covid-19.

El
ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, sostuvo ante la situación que
afronta el país que “se debe buscar las mejores soluciones para proteger el
empleo en Colombia”.

Recordó
que la norma expedida se profirió en razón del interés nacional y el impacto
económico y social de estas solicitudes, las cuales requieren especial atención
por parte de la cartera laboral.

La
idea es brindar la mayor protección a los trabajadores que pueden afectarse con
estas medidas, todo en consonancia con las alternativas que el Ministerio ha
dado sobre el tema a través de la Circular 21 de 2020, que plantea el trabajo
en casa, las vacaciones anticipadas, colectivas y acumuladas, el teletrabajo o
las jornadas flexibles, como una forma de conservar el empleo.

Es
de aclarar que la Resolución 803 de 2020 evita la destrucción del empleo en la
que se alegue la existencia de una fuerza mayor, situación que le corresponde determinar
al Juez del Trabajo.

Los empleados que consideren que sus derechos laborales se hayan visto vulnerados, podrán presentar sus denuncias en las líneas digitales o telefónicas habilitadas por el Ministerio a través de página web www.mintrabajo.gov.co.

Fuente: el pais.com.co

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