Personería de Soacha destituye e inhabilita a exrectora del Integrado

La exrectora de la Institución Educativa Integrado de Soacha, Lola Melba Ducuara Morales, fue destituida e inhabilitada por 10 años para ejercer cargos públicos luego de un proceso disciplinario adelantado por la Personería Municipal, a raíz de varias quejas por acoso laboral interpuestas por docentes de este colegio oficial.


Ricardo-Rodríguez-Personero-Soacha
Ricardo-Rodríguez-Personero-Soacha

El proceso abierto en la Personería Municipal data del año 2013 y se profirió con base en la ley 734 o Código disciplinario, y concluyó en una sanción de destitución e inhabilidad por 10 años en contra de la licenciada Ducuara por incurrir en conductas de acoso laboral y omisión en las funciones al no contestar un derecho de petición.

“Según la Ley 734, la conducta de acoso laboral está tipificada como una falta gravísima y establece una sanción de entre 10 y 20 años de inhabilidad, en este caso le aplicamos la mínima. Así mismo la falta de contestación de un derecho de petición es una falta grave que tiene una sanción menor, pero aquí aplica la más alta que es la de acoso laboral”, dijo el personero del municipio, Ricardo Antonio Rodríguez.

En palabras del Personero, el proceso inicia a raíz de quejas presentadas por docentes que sufrieron acoso laboral, incluso a algunos se les generó daños psicológicos certificados por médicos y esas pruebas fueron aportadas al proceso. “Inicialmente se abrió una indagación preliminar con el fin de determinar cuál era la persona responsable, si era funcionario público y si existía una presunta falta, garantizando el debido proceso; se escuchó la versión libre de la disciplinada, se practicaron algunas declaraciones de profesores que coincidían que efectivamente se presentaban esas conductas de acoso laboral, se aportaron pruebas del Comité de Convivencia en donde se citó a la rectora en varias oportunidades, pero no asistió”, agregó.

Dice el representante del Ministerio Público que la Secretaría de Educación agotó las instancias para solucionar esta problemática, pero no fue posible, por eso se abrió la indagación preliminar; posteriormente se procedió al segundo paso, que fue la investigación disciplinaria como tal.

“Cuando no está identificado claramente quién es el funcionario que incurrió en esa conducta y no está bien definida la falta, se abre una indagación preliminar para determinar que la persona sea funcionario público y que haya una falta. Luego de que se determine eso se abre una investigación para saber qué tipo de falta es, si la cometió este funcionario o si hay más implicados; en este caso se concluyó que la responsabilidad estaba en cabeza de la rectora y luego se profirió un pliego de cargos, ella presentó unos descargos y finalmente se profirió el fallo que establece esta sanción”, replicó el Personero.

El fallo se fundamente en dos cosas: acoso laboral y la falta de contestación de un derecho de petición, por eso la exrectora fue destituida e inhabilitada para ejercer cargos públicos por 10 años.

Sin embargo, esta sanción es en primera instancia y la licenciada Melba puede acudir a la Procuraduría regional para que se revise. “Una vez se notifique ella tiene la posibilidad de recurrir el fallo ante la segunda instancia, que es la Procuraduría regional, y en este caso hay que esperar si se ratifica o se revoca, pero si no interpone el recurso quedaría en firme y se debe comunicar a la Procuraduría General de la Nación, que es la encargada de hacer efectiva la sanción”, sostuvo Rodríguez.

El Personero argumentó que él recibió el proceso en estado de indagación preliminar, “se habían practicado algunas pruebas, luego se profirió la investigación disciplinaria, se practicaron otras pruebas adicionales, se profirió el pliego de condiciones y finalmente el fallo”.

Para concluir, el funcionario dijo que en Soacha se presentan casos similares pero muchos son resueltos en el Comité de Convivencia, que es la instancia de diálogo que hay al interior de la Secretaría de Educación. “Hay muchas situaciones donde se ve involucrada la responsabilidad de profesores, rectores, estudiantes y entre compañeros, porque no solo el acoso laboral se presenta entre superior jerárquico y empleado, también entre compañeros, entonces sí hay pero la mayoría son resueltos en el comité”.

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