Polémica por cambio en la política de humedales en Bogotá

La política del alcalde Enrique Peñalosa de crear las condiciones –que incluyen obras– para que los ciudadanos puedan acceder y usar recursos naturales como los humedales libra una batalla en los estrados judiciales.


Con fecha del 18 de diciembre, el juez 4.° administrativo de Bogotá, Lalo Enrique Olarte Rincón, suspendió los efectos del Decreto 565 del 2017, mediante el cual la actual alcaldía modificó la política de humedales, que se definió con el Decreto 624 del 2007.

Esta última norma prohibió que en zonas de humedales se realizaran obras urbanísticas duras como ciclorrutas, senderos para bicicletas, alamedas, plazoletas, luminarias y adoquinadas.

Este gobierno consideró que ese decreto violaba el Plan de Ordenamiento Territorial (Decreto 190 del 2004), que en su artículo 78 sí contempla dichas obras al señalar que para la recreación pasiva se requieren “equipamientos en proporciones mínimas al escenario natural, de mínimo impacto ambiental y paisajístico, tales como senderos para bicicletas, senderos peatonales, miradores, observatorios de aves y mobiliario propio de actividades contemplativas”.

Entonces, la Alcaldía expidió el Decreto 565, ahora demandado, con el argumento de que “a raíz de las obras que se efectuarán con base en dicha disposición, se generarían daños irreparables a los ecosistemas de los humedales”. Además, la demanda argumentó que los cambios se hicieron sin la participación de la ciudadanía y que se expidió sin estudios científicos.

A raíz de las obras que se efectuarán con base en dicha disposición, se generarían daños irreparables a los ecosistemas de los humedales El juez dijo que el hecho de haber eliminado la prohibición de las obras duras no implica que el Decreto 565 hubiera dado vía libre para construir equipamientos en los humedales que puedan generar impacto ambiental. En su decisión señala que la misma norma contiene la obligación de que cualquier intervención que se realice “no puede generar impacto ambiental superior al mínimo permitido”.

En cambio, el juez les da la razón a los demandantes sobre la participación de la comunidad, que en temas ambientales se pronuncia a través del Consejo Consultivo de Ambiente y según los reclamantes en este caso no ocurrió.

Por este motivo fue que el juez ordenó la medida cautelar de suspender provisionalmente el decreto. “Uno de los mayores logros y ejemplo de participación ciudadana en Bogotá ha sido la Política Distrital de Humedales”, dijo en su cuenta de Twitter Daniel Bernal, de la Fundación Humedales de Bogotá, al referirse al fallo.

Y en el auto se advierte que “el Distrito no expuso de qué manera respetó el derecho de participación de la comunidad en la modificación de la política de humedales” que hizo con el Decreto 565 y por eso en ese punto sí existe una “ostensible infracción”. Queda pendiente si el juez anula o no el decreto en su fallo de fondo.

Sobre los trabajos que ya se adelantan en el humedal Juan Amarillo el auto dice que en este aspecto no tiene facultades para suspender obras y por eso se abstuvo de referirse a la petición de las demandantes de que ordenara frenar el contrato que ya se ejecuta. “El despacho –dice el juez– deberá decir que tal circunstancia desborda el estudio de legalidad del Decreto 565, por lo que no es posible emitir medida cautelar sobre el particular”, no obstante dice que “la situación denunciada entraña una eventual vulneración de los derechos colectivos” y dice que las demandantes pueden acudir a la acción popular.

El Acueducto afirmó que los proyectos que adelanta en los humedales se mantienen porque se están ejecutando con base en las normas del POT y “que surtieron favorablemente los procesos de socialización con la comunidad”.

Esta es la obra del humedal
La obra que adelanta el Acueducto en Juan Amarillo es un sendero elevado con una longitud de 1,2 kilómetros en el que se invierten 14.759 millones de pesos. Según el Acueducto, beneficiará a 1’900.000 habitantes que con la obra terminada podrán recorrer a pie o en bicicleta el borde sur de este ecosistema. El Acueducto afirma que al ser elevada evita el fraccionamiento del ecosistema, es totalmente permeable y permite el paso de la luz y el agua.

Fuente: El tiempo

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