Procuraduría sancionó a exalcaldesa y a extesorero de Guaduas
La Procuraduría General de la Nación, a través de la Regional del Tolima, sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cinco meses a Doris Acero de Vera, en su condición de alcaldesa del municipio de Guaduas, y por un mes a Aldo Fernando Rodríguez, tesorero del mismo municipio para la época de los hechos, por irregularidades en la ejecución de recursos de regalías.
La exalcaldesa fue investigada disciplinariamente por la suscripción de los contratos de consultoría 004 y 016 en la vigencia 2007, con cargo a recursos de regalías, para la inscripción de proyectos en el Banco de Proyectos del Municipio, la elaboración y revisión de documentos precontractuales, así como la realización de procesos licitatorios o convocatorias públicas, desconociendo las normas que prohíben financiar gastos de funcionamiento de las entidades territoriales con recursos provenientes de regalías y compensaciones; adicionalmente el monto de uno de los contratos no guardaba ninguna proporcionalidad ni racionalidad.
El señor Rodríguez Delgado fue vinculado a la investigación por haber expedido los certificados de disponibilidad presupuestal y los registros presupuestales de estos contratos, comprometiendo recursos de las regalías para cubrir gastos de funcionamiento del municipio.
En el fallo de segunda instancia la Procuraduría señala que durante la investigación disciplinaria se evidenció, tanto en la descripción de la necesidad para contratar las consultorías como en la expresión de las actividades que desarrollarían los contratistas, que se trataba de actividades normales del funcionamiento del municipio relacionadas con la contratación estatal. Aunque algunos de los proyectos elaborados y licitaciones públicas adelantadas tuvieron la finalidad de la construcción de acueductos, plantas de agua potable y obras de instituciones educativas, eran éstos los que debían ejecutarse con recursos de regalías, y no los contratos de consultoría que comprendían otras actividades que hacen parte del funcionamiento de la entidad.
Esta decisión de segunda instancia de la Procuraduría Regional del Tolima modifica parcialmente el fallo de primera instancia proferido por la Procuraduría Provincial de Honda el 31 de mayo de 2012, y sobre la misma no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
Fuente: PGN
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