¿Qué pasa con su pensión si está en unión libre y muere?

Lla ley cobija al cónyuge como primer beneficiario de la seguridad social, incluso si se demuestra unión marital de hecho. Sin embargo, el trámite para solicitarla es más dispendioso.


La ley 100 de 1993, que regula la seguridad social del país pone siempre por encima a la pareja como principal beneficiario de la pensión de una persona, incluso si han hecho en vida separación de bienes y conviven hasta el momento de la muerte en unión libre por más de cinco años.

En el caso de la unión libre el procedimiento puede llegar a ser un poco más largo, ya que para poder reclamar la pensión tendrá que entrar a acreditar que estuvieron haciendo vida marital hasta su muerte y que convivió con el fallecido no menos de cinco años continuos.

«La Ley 100 de 1993 prima sobre cualquier documento público y protege a los cónyuges como los principales beneficiarios de la pensión de sobrevivencia. No es como en un seguro de vida que se puede poner como beneficiario a diferentes personas. La pensión, al ser un seguro público esta regulado y sigue lo que indica la ley pública, que en este caso específico es que si muere la persona , el único beneficiario es la persona con la que convivió durante los últimos cinco años», afirmó el jefe de área de gesitón legal de Protección, Carlos Manuel Uribe Mesa.

Otros consejos

Tomar todas las medidas necesarias para no dejar desamparada a su pareja en caso de muerte no es cuestión exclusiva de las parejas legalmente casadas. De todas maneras adquirir el compromiso de compartir por muchos (en unos casos algunos) años su vida con otra persona, supone una serie de compromisos y la realización de algunos proyectos juntos.

Entonces, siempre es bueno tratar que cuando se compren activos de alto valor queden a nombre de los dos y en lo posible comprar un seguro de vida pensando que ante el evento desafortunado de muerte de alguno la familia quede económicamente amparada.

Fuente: Finanzas personales. com

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