A propósito de la reforma laboral
Por Alfonso López Ayala
Después de veintiún años se presenta una reforma laboral, en ese entonces el gobierno de Uribe tramitó la reducción de las horas extras y los recargos nocturnos, entre otros beneficios que cobijaban a los empleados. Se pretendía aumentar el empleo en Colombia, cosa que no sucedió, incluso hoy vemos, según el Dane, que la tasa de informalidad está en el 57.9%.
Ahora y en palabras del presidente Petro, con la nueva reforma se pretende “dignificar el trabajo y mejorar las condiciones de estabilidad de la fuerza de trabajo en el país”.
Es así que esta nueva reforma pretende generar estabilidad laboral a los trabajadores, restablecer los recargos nocturnos, pagar los recargos para los días festivos, restablecer el preaviso para los trabajadores, el pago de la seguridad social, eliminar la violencia y el acoso laboral, entre otros beneficios.
Sin embargo, mientras se da la discusión en el Congreso y se define el texto final de la Ley, debemos continuar con modalidades como los contratos de prestación de servicios, dolor de cabeza para quienes deben acceder a esta forma de emplearse, y en especial en el sector público, ya que deben por lo general trabajar gratis, es decir, sin contrato, mientras que los funcionarios del orden directivo generan la minuta con las condiciones a contratar, que por lo general no son concertadas, sino impuestas, con una cantidad de obligaciones que en la mayoría de las veces no es posible cumplir y que el contratista no le queda otra opción distinta que aceptar, si desea el trabajo.
Una vez se inicia el contrato, independientemente del objeto a desarrollar, por lo general se obliga a que se cumplan horarios y se generan exigencias que pasan por más de ocho horas de trabajo, acoso laboral e, incluso y lo peor de todo, amenazas del no pago de sus honorarios si no se entrega tal o cual cosa que esté en el articulado, sin mencionar que debe, para iniciar estos procesos contractuales, contar con la bendición del concejal, alcalde o líder político para que pueda ser contratado.
Para que exista un contrato de trabajo propiamente dicho, se deben cumplir tres presupuestos básicos según lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia:
- La existencia de una obra o labor a desempeñar por parte del empleado.
- La retribución al servicio o trabajo se da a través de un salario.
- La existencia de una relación de subordinación o dependencia del colaborador hacia el empleador, que lo faculte para exigirle el cumplimiento de órdenes en cualquier momento, en relación con el tiempo, modo, lugar o cantidad de trabajo, además de imponerle reglamentos.
Mientras se cumplan los tres rubros anteriores, la vinculación debe hacerse necesariamente mediante un contrato laboral. Sin embargo, el contrato por prestación de servicios no supone estas mismas condiciones, aun cuando sí existe una remuneración al trabajo realizado.
- Para el contratista: pacta con el contratante una labor, una fecha de entrega y unos honorarios por el cumplimiento. No obstante, no está obligado a tener una subordinación permanente y, por ende, no está sujeto a cumplir con los requisitos mencionados anteriormente. Esto significa que tiene autonomía para manejar su tiempo y la forma en la que va a realizar la labor acordada con sus propios criterios, fuentes e insumos de trabajo.
- Para el contratante: está exento del pago de prestaciones sociales del contratista, así como de conceder vacaciones remuneradas y aportar a seguridad social –pensión, salud y riesgos profesionales–, las cuales deben ser asumidas por el trabajador independiente.
Esto es lo que se pretende cambiar con la propuesta de reforma laboral, que adicional debe ir acompañado con una política laboral en el país donde se desarrollen mecanismos de vinculación a estas plazas disponibles por meritocracia y no por favores políticos o trafico de influencias, donde se tengan líderes capacitados con valores, principios y en especial, calidez humana, con don de gente, que valoren los equipos de trabajo y que incluyan es sus entornos laborales, el trabajo en equipo, un clima laboral propicio, que muy seguramente redundará en generar mejores resultados en sus gestiones.
Recuerdo que tanto en Bogotá, la alcaldesa Claudia López, como en Fusagasugá, el alcalde Jairo Hortua, gobiernos del partido Verde, gobiernos de “cambio”, plantearon convocatorias para vincular personas a estas entidades por meritocracia, https://talentonopalanca.gov.co/index.html. En Bogotá, ¿qué pasó con talento, no palanca? https://fb.watch/jke9QJdZcb/ y en Fusagasugá, de igual manera, ¿qué pasó? Absolutamente nada, las buenas propuestas quedan en solo buenas intenciones y terminan imponiéndose las viejas y malas costumbres de todos los partidos y politiqueros tradicionales.
Posdata. Se requieren cambios estructurales en Colombia y no solo desde la legislación, sino también en la forma de actuar y desarrollar estos cambios, las actitudes y las formas de expresarnos; se deben eliminar de nuestro vocabulario los mensajes ofensivos y subidos de tono, tal como los enviados por la vicepresidenta de los colombianos. La paz total inicia desde el uso de un lenguaje apropiado, palabras adecuadas y una buena comunicación que se propicia con la escucha al que piensa distinto.
“No eres líder por el título. Eres líder cuando sabes sacar lo mejor de cada persona”, -Jack Welch-
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