Iglesias bogotanas “ensordecen” a sus vecinos
Los instrumentos musicales, los sistemas de amplificación de sonido y los fuertes cantos de las iglesias bogotanas, tienen “ensordecidos” a sus vecinos, quienes en el momento de las alabanzas pierden la tranquilidad y hasta el sueño.
La ciudadanía ha denunciado 147 iglesias por ruidosas, por lo cual la Secretaría de Ambiente realizó visitas para monitorear y corroborar el panorama ruidoso. En zonas residenciales la normatividad (Resolución 627 de 2006) sólo se permite 65 decibeles en el día y 55 en la noche.
El resultado lo dice todo: 72 por ciento de estas iglesias (106 templos) no pasó la prueba de ruido, al registrar entre 65,1 y más de 75,1 decibeles. Es decir que tan sólo 41 de estos establecimientos (28 por ciento) cumplió con lo permitido por la normatividad ambiental.
Según el estudio de la SDA, 33 por ciento de estas iglesias generan entre 70,1 y 75 decibeles (48), mientras que tan sólo 8,3 por ciento hacen sus alabanzas y cantos a menos de 60 decibeles (12).
Los ciudadanos que más padecen de este “ruido religioso”, de acuerdo con las quejas, son los de Suba (25 iglesias), seguidos por los de Puente Aranda (19), Usaquén (17), Teusaquillo (15), Kennedy (12) y Engativá (10).
Actualmente, la SDA ha realizado requerimientos técnicos a los representantes legales de estas iglesias, para que efectúen las adecuaciones al interior de las mismas, teniendo en cuenta materiales u obras acústicas que les permitan cumplir con los niveles de ruido y disminuir la afectación de los residentes cercanos.
“No es lo mismo escuchar cantos gregorianos que oír cantos religiosos acompañados de instrumentos musicales con amplificación del sonido, y más aún cuando se presenta la interacción de los asistentes en espacios que no son los adecuados o aptos para llevar a cabo alabanzas”, dijo Luis Eduardo Gaitán, coordinador del grupo de ruido de la Secretaría de Ambiente.
Control a los cultos
Para el control de nuevas edificaciones, ubicación y funcionamiento de las ya existentes y regulación de todo tipo de dotacionales de culto, la Secretaría de Planeación, como autoridad urbanística competente, con la participación de todas las congregaciones religiosas reconocidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, emitió el Decreto Distrital 311 de 2006, que reglamenta el Plan Maestro de Dotacionales de Culto.
Dicho Decreto determinó cumplir con los niveles de emisión de ruido establecidos en cada sector de ubicación de estas iglesias.
Además, la formulación de los planes de regularización y manejo para los equipamientos; la realización de las gestiones necesarias para la obtención del reconocimiento de la construcción de los equipamientos que no cuentan con licencia; el inicio de las adecuaciones urbano-arquitectónicas y del reforzamiento estructural; la reubicación de los equipamientos que se encuentren localizados en áreas consideradas de alto riesgo no mitigable; y establecer aéreas adecuadas como zonas de parqueo.
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