Clara advertencia del Personero a funcionarios y contratistas del Siett para evitar graves atropellos a los usuarios

Sanciones que van desde un mes hasta 20 años para ejercer cargos públicos, procesos de responsabilidad fiscal por parte de la Contraloría y el inicio de acciones penales, son algunas de las medidas que recaerán en aquellos funcionarios del Siett que no acaten la norma y abusen de los usuarios.


La advertencia la hizo el personero de Soacha, Henry sosa, quien cuestionó duramente al centro de servicios que tiene el departamento de Cundinamarca en Soacha, debido al abuso y atropello constante que comete el Siett con los usuarios.

Con relación a las infracciones al tránsito, la Personería emitió la circular 02 de 2012 en la que informa a los usuarios, a los funcionarios y contratistas del Siett, la obligación que tienen de respetar la Ley 769 y todas las normas que la han reformado. “En ese sentido estamos haciendo un llamado para que si una persona considera que el comparendo fue injusto o que no cometió la infracción, sea escuchada en audiencia pública como lo establece la Ley, con la garantía de sus derechos plenos, que aporte las pruebas, pero también si es culpable que reconozca su falta para cancelar la infracción”, advirtió Sosa.

Otro de los puntos que el personero dejó en claro es que el Siett no puede exigir el pago del comparendo para que un usuario pueda sacar el vehículo de los patios. “Cosa diferente es el pago que tiene que hacerse de grúa y de parqueadero, sin embargo en estos dos casos el usuario tiene el derecho a que se le expida una factura con todos los requisitos en donde se le diga cuánto pagó por una cosa y por la otra”.

La circular también advierte los derechos que tienen los usuarios a que se les atienda, a que la persona sepa que tiene derecho a interponer los recursos de reposición y apelación, si no está de acuerdo con la decisión, y que estos sean resueltos.

Sosa también anunció un duro llamado a la administración municipal para que en cumplimiento del artículo 127 de la ley 769 en su parágrafo primero, le diga a la Personería qué ha hecho en el tema de las tarifas de los patios oficiales y de las grúas, “porque no se tiene certeza frente a esta situación, pero también nos diga si es que algunas autoridades tienen permiso para estacionarse en donde hay señales de prohibido y qué pasa con el tema de las anunciadas zonas azules o zonas de parqueo, creo que la ciudad merece desde ya que empecemos a mirar ese tema, al igual que el de la organización de las empresas de transporte y el decreto 152 de 2002 que se aplica sobre el parque de manera desenfrenada, diciendo que no es permitido parquear cuando realmente eso no dice el decreto, lo que éste manifiesta es que se prohíbe parquear para dejar pasajeros, salvo algunas excepciones”.

El personero también les recordó a los contratistas y funcionarios del Siett que en el evento de que no respeten las normas son sujetos disciplinables y que la ley 734 de 2002 establece cuáles son las sanciones que se le aplican a las personas que como funcionarios y servidores públicos no acatan lo que la ley dice.

No hay que pagar el comparendo para sacar el vehículo de los patios

“El pago del comparendo no es obligatorio para sacar el vehículo de los patios. Lo que pasa es que la Ley establece unos beneficios a quienes pagan los comparendos dentro de unos términos que estipula allí; si una persona paga un comparendo dentro de los tres días siguientes, pues lógicamente evita que se le cobre el 100% de la multa. También se evita que después de 20 días de no pagar, empiecen a cobrarle intereses por mora. Pero lo que queda claro es que si yo necesito sacar un vehículo de los patios, no es indispensable que tenga que pagar la multa que está allí contenida, sino que ese es un procedimiento totalmente independiente, es más, si yo no estoy de acuerdo con la infracción, tengo derecho a ser escuchado en audiencia pública y no por eso tienen que retenerme el vehículo hasta que termine la audiencia o hasta que se resuelva si soy o no culpable, son dos situaciones totalmente diferentes”, advirtió Sosa.

Otra de las quejas generalizadas que el Personero denunció hace relación a la no atención al usuario cuando solicita ser escuchado en audiencia pública por no estar de acuerdo con la decisión.
“Simplemente le dicen que no, que aquí no hay audiencia pública, usted es culpable, pague si quiere sacar el vehículo de los patios, es decir, hay una manera coercitiva para que la persona pague y que por la necesidad de sacar su vehículo de los patios desista de sus derechos, pero no voluntariamente sino coercitivamente”.

Finalmente el representante de la Personería dijo que es grave que cuando a las personas las sancionan no se les permita interponer los recursos respectivos porque en la preforma de resolución que tiene el Siett, en la parte final, ya trae pre impreso una leyenda que dice que el usuario renuncia a los recursos, “que no interpone ningún recurso y que como consecuencia ese acto administrativo hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo, y queda totalmente sellada cualquier posibilidad, inclusive la de acudir a través de una acción de tutela a reclamar sus derechos, entonces esa forma de presionar y de evitar que los ciudadanos presenten sus reclamaciones conforme a la ley es la que pretendemos evitar con esta circular”.

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