Crean proyecto para comprar SOAT por días
Se estima que el 50% de los vehículos matriculados en Colombia no cuentan con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT). En el Congreso hace trámite una iniciativa para flexibilizar la compra de este producto.
El proyecto de Ley 297 de 2018 rindió su primer debate en la Cámara y pretende modificar el artículo 1 de la Ley 1364 de 2009. La iniciativa tiene como objetivo establecer que la vigencia del SOAT no sea solo anual, sino además mensual o por días, dependiendo del uso personal, industrial o comercial del vehículo automotor, teniendo en cuenta que muchos colombianos “con diferentes roles o labores no utilizan su vehículo a diario durante el año de vigencia de una póliza de este seguro, sino que se limita a un determinado periodo en el tiempo”, señala la ponencia del proyecto.
La propuesta consta de un artículo. El numeral 1 del proyecto de ley modifica el Artículo 1 de la Ley 1364 de 2009, que modifica el numeral 1 del artículo 193 del decreto 663 de 1993, adicionando el término por “trimestral, mensual o por días”, con el fin de que la vigencia de la póliza no sea únicamente anual.
El artículo 1 del proyecto adiciona igualmente un parágrafo al artículo 1 de la Ley 1364 de 1999, con el fin de que el Gobierno Nacional reglamente “en proporcionalidad las tarifas máximas que pueden cobrarse por el seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT) mensual o por días”.
El texto propuesto en la iniciativa dejaría el artículo 193 del decreto 993 de 1993 así: “Aspectos técnicos relativos a la póliza. 1. Vigencia de la póliza. La vigencia de la póliza de seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito será anual, trimestral, mensual o por días, incluidos los vehículos que circulen por las zonas fronterizas y para los vehículo importados que se desplacen del puerto a los concesionarios para su venta al público”.
“Para los vehículos que hayan obtenido la clasificación como automóviles antiguos o clásicos, la vigencia de dicha póliza de todos modos, no podrá ser inferior a un trimestre. Las autoridades de tránsito verificarán esta circunstancia. PARÁGRAFO: En un plazo no mayor a seis meses, el gobierno nacional reglamentará en proporcionalidad las tarifas máximas que pueden cobrarse por el seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito (SOAT), trimestral, mensual o por días”.
Sin embargo, el ponente del proyecto, representante a la Cámara, Óscar Darío Pérez Pineda, indicó la inconveniencia del proyecto de ley, por lo que su ponencia fue negativa. Entre sus argumentos expuso que el SOAT desde su creación tiene una vigencia que está establecida por mandato legal, y obedece a la necesidad de dar equilibrio al sistema para efectos de que se dispongan de los recursos suficientes para atender los siniestros por accidentes en la vía. “Cualquier ajuste que lleve a recaudar menos recursos, dado el nivel de accidentalidad vial que se registra en el país, hará que la tarifa del SOAT sea insuficiente”, dice el congresista.
Además, a través de la tarifa del SOAT se recaudan recursos que las compañías de seguros autorizadas para operar este seguro deben transferir a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Fuente: Finanzas personales
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