Ediles podrán citar a Secretarios y Directores de la Administración Municipal

Luego de la aprobación del Acuerdo No. 34 de Diciembre 27 de 2012, los miembros de las Juntas Administradoras Locales preparan toda la logística en la nueva ‘Casa de los Ediles’, en donde en adelante pondrán sesionar con base en el Artículo 5 del mismo acuerdo, y hasta citar a Secretarios del despacho, Directores de Departamentos Administrativos, y Directores y Gerentes de entidades descentralizadas de la administración municipal.


Lo anterior quedó contemplado en el parágrafo del artículo cuarto del Acuerdo No. 34, el cual estipula que las JAL podrán hacer las respectivas citaciones, siempre y cuando se haga con no menos de cinco días de anticipación a la realización de la sesión.

“En el proyecto quedó establecido que para que puedan ejercer sus funciones de vigilancia y control, las JAL podrán citar a funcionarios de la administración municipal solamente para hablar de temas de interés de la comuna, es decir, aquellos que son estrictamente de orden local. La idea es que ese tipo de debates se agoten desde la instancia de las JAL y que los temas de mayor envergadura como Transmilenio, la Universidad para Soacha y la construcción del nuevo Hospital, entre otros, se hagan en el concejo municipal”, explicó Iván Orlando Parra, presidente de los Ediles de Soacha.

Si bien es cierto el acuerdo permite que los ediles hagan citaciones para debatir temas propios de cada comuna, en ningún caso permite que sean los ediles los que adelanten la labor que por su naturaleza le corresponde al concejo, “es darle herramientas para que ellos puedan exigir resultados frente a la comunidad en los aspectos en los cuales se han comprometido”.

Para el presidente de los ediles, el Acuerdo 34, ‘Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 012 de 1997, se reglamenta el beneficio de Seguridad Social para los miembros de las Juntas Administradoras Locales del Municipio de Soacha y se dictan otras disposiciones’, contiene básicamente tres ítems.

“El primero es regularizar y actualizar la normatividad que había al respecto. Aquí en el municipio llevaba 15 años que no se cambiaba, entonces el primer avance es que se logró modernizar y actualizar un poco el tema normativo a las JAL del municipio. El segundo son unas disposiciones al respecto de optimizar el trabajo y darles herramientas a los ediles y a las JAL para que puedan ejercer una verdadera labor y con más resultados frente a la comunidad, y el tercero tiene que ver con los beneficios de Ley de seguridad social que la reciente Ley 1551 de 2012 le otorgó a los miembros de las JAL”, agregó Parra.

En el anterior sentido, el acuerdo modificó la gama de funciones de las JAL, de controlar y vigilar la eficiente prestación de servicios a cargo del municipio, como educación y salud. Así mismo incluyó dentro de las funciones legales de los ediles, aprobar los distintos tramos de las rutas de transporte público cuando no se trate de vías arterias o autopistas , principales y secundarias (Artículo 105 de la Ley 769 de 2002).

En la parte de seguridad social, se tuvo en cuenta lo contemplado en la Ley 1551 que establece tres beneficios básicos para los miembros de las JAL. Antes no se recibía nada, ahora la ley obliga a los municipios a pagar la seguridad social en salud, riesgos profesionales, y un seguro de vida.

Por otro lado, el presidente de los ediles dijo que por estos días se realiza la elección de las diferentes mesas directivas en cada una de las comunas. Este proceso se piensa concluir antes del fin de semana.

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