“El predio donde se construye la Urbanización Catalina Muñoz no se encuentra en la zona de protección del Río Bogotá”
Esta fue la afirmación hecha por el Secretario de Planeación de Soacha, Orlando Ramírez, al referirse a la polémica generada entre los habitantes de Quintas de Santa Ana, quienes aseguraron que estas viviendas, donde serán reubicados los damnificados de la ola invernal de 2010 y 2011, se están construyendo dentro de la ronda del Río Bogotá.
Ramírez fundamentó su respuesta, explicando que la línea que demarca el límite de la ronda del Río Bogotá no es recta sino curva, y que por lo tanto la distancia con respecto a una y otra construcción, varía de acuerdo a la ubicación de estas. Por lo tanto, para el caso de las casas de la Urbanización Catalina Muñoz existe una distancia aproximada de 320 metros, a diferencia de las manzanas de Quintas de Santa Ana que están comprometidas dentro de la ronda, las cuales tienen una distancia de 104 metros.
“El predio donde se construye la Urbanización Catalina Muñoz no se encuentra en la zona de protección del Río Bogotá, según lo establece el POT del año 2000. Fue por esta razón que el municipio, con el apoyo de la Fundación Catalina Muñoz y la Casa Editorial El Tiempo, postuló este terreno para la construcción de las viviendas donde serán reubicadas las familias damnificadas de las olas invernales de 2010 y 2011. Vale la pena mencionar que antes de eso se hicieron todos los estudios y los levantamientos topográficos correspondientes, en los cuales se evidencia que el lote se encuentra aproximadamente a 320 metros del borde interior del Río Bogotá, teniendo en cuenta que la demarcación no es una línea recta, sino una línea curva que se denomina ‘meandros’, los cuales se aproximan unos más hacia las áreas residenciales, mientras que los otros se alejan. Cumpliendo con esto, continuamos con el proceso de urbanización, la Curaduría Urbana nos dio las licencias de urbanismo y construcción, y actualmente se están desarrollando las unidades de vivienda”, expresó el Secretario.
Adicionalmente, el Arquitecto Ramírez señaló que la línea que marca el límite de la ronda es paralela al borde del Río Bogotá, indicando que por medio del Acuerdo 17 del año 2010, la CAR estableció el manejo hidráulico del Río, definiendo una ronda de 300 metros. Así mismo, el funcionario indicó que en el proceso de revisión y ajuste del POT, se está acomodando y reajustando esa ronda de protección, para los proyectos urbanísticos que fueron aprobados con autorización de la CAR antes de definir la zona de protección del afluente.
“Hay que tener en cuenta que el proceso de urbanización de Quintas de Santa Ana fue aprobado con previo concepto y definición de la ronda del Río Bogotá, estableciendo que esta era de 100 metros. Estamos revisando esas líneas de protección que en su momento se aprobaron con licencias de urbanismo y conceptos de la CAR, para el desarrollo tanto de Quintas de Santa Ana como de San Nicolás, que mantienen sus rondas de 100 metros”.
Y frente a la reubicación ordenada por el Consejo de Estado manifestó que: “Aunque en este momento no hemos adelantado el proceso de reubicación de las casas de Quintas, tengo entendido que la Alcaldía Municipal, a través de la Oficina Asesora Jurídica, está realizando las acciones judiciales frente a la revisión de este fallo del Consejo de Estado, para que sean tenidos en cuenta esos derechos adquiridos de esta población, que se ubicó allá con todos los términos y toda la normatividad vigente en su momento, a fin de que no pueda aplicársele una norma posterior a la construcción de este proyecto”, concluyó Orlando Ramírez.
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