LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EL RINCON EMAR SA ESP INFORMA:

Teniendo en cuenta que a la fecha los propietarios de los predios que relacionamos a continuación, no se han acercado a nuestras oficinas para cancelar el valor adeudado, la empresa tomo la decisión de ordenar el retiro de dichas acometidas durante el presente mes, acorde con lo establecido en el Art. 141 de la Ley 142 de 1992:


Teniendo en cuenta que a la fecha los propietarios de los predios que relacionamos a continuación, no se han acercado a nuestras oficinas para cancelar el valor adeudado, la empresa tomó la decisión de ordenar el retiro de dichas acometidas durante el presente mes, acorde con lo establecido en el Art. 141 de la Ley 142 de 1.992*.

1. ALTOS DEL PINAR: TORRE 3 APTO 211
2. ALTOS DE NOGAL: TORRE 2 APTO 206
3. PORTAL NOGAL: MZ.13 CASA 20, MZ.13 CASA 47, MZ. 17 CASA 24, MZ.19 CASA 45.
4. PORTAL DE LAS FLORES: TORRE 7 APTO 603, TORRE 14 APTO 401, TORRE 28 APTO 601, TORRE 32 APTO 603

*ARTICULO 141.- INCUMPLIMIENTO, TERMINACION Y CORTE DEL SERVICIO: “El incumplimiento del contrato por un periodo de varios meses, o en forma repetida, o en materias que afecten gravemente a la empresa o a terceros, permite a la empresa tener por resuelto el contrato y proceder al corte del servicio…”

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