Municipio decomisará animales que sean maltratados
El artículo 14 del decreto 230 del 21 de julio de este año, el cual reglamenta el tránsito de los “vehículos de tracción animal”, autoriza decomiso en caso de maltrato.
El decreto estipula que cuando los animales sean maltratados y atropellados, las autoridades podrán aprehender en forma inmediata a la víctima sobre la cual se esté ejerciendo tortura, maltrato, crueldad o cuando sea obligado a trabajar en condiciones inapropiadas.
La dirección de transporte de Soacha, a través del decreto 230 del 21 de julio de 2010, direccionó las reglas con las cuales desde ahora se regirán todas y cada una de las personas dedicadas a este oficio en el municipio.
La norma se expidió a raíz de diferentes inconvenientes presentados con esta práctica, entre ellos, accidentes de tránsito, problemas de movilidad y maltrato a los animales, como el recordado caso presentado meses atrás en San Mateo cuando un caballo se desplomó en la Av. 30 diagonal a la entrada de Unisur.
El decreto contempla entre otras medidas la adecuación de las carretas con herramientas y equipos de seguridad para atender emergencias, además de contar con su respectiva matrícula ante las autoridades de tránsito. Los conductores, por su parte, deberán estar legalizados con una licencia de conducción y velar por el cuidado y la protección de los animales.
Al respecto William Ardila, Director de transporte aseguró: “en la elaboración del decreto se contó con el apoyo de Nicolás Usa de la Junta Defensora de Animales, quien nos asesoró frente al tema de la protección de los caballos que son empleados en esta actividad. Ahora se empezará con la realización del censo correspondiente para determinar cuántos vehículos de tracción animal existen en el municipio y posteriormente emprender una campaña de sensibilización para la cual tenemos un plazo de dos meses, dentro del cual también los carreteros deben estar al día con toda la documentación requerida para legalizar su oficio”.
Otras de las consideraciones estipuladas en el decreto, son las prohibiciones para el tránsito de las populares ‘zorras’ en vías de gran flujo vehicular como la Cr.7, la Autopista sur, la Av. 30 e inclusive los carriles de la futura troncal de Transmilenio. Las razones de tales prohibiciones tienen que ver con el traslado y depósito de escombros que de manera indiscriminada hacen algunos carreteros después de las 5 pm, lo cual genera gran afectación por la invasión del espacio público y el deterioro del medio ambiente. Por esto mismo, también se prohíbe expresamente el tránsito de las ‘zorras’ entre las 5 pm y las 7 am.
“Para garantizar el óptimo cumplimiento del decreto se ejercerá el mismo control que se hace sobre los vehículos motorizados por parte de la Policía de tránsito en cada una de las vías principales del municipio”, agregó Ardila.
Por su parte José Nicolás Sánchez, carretero reconocido de la comuna tres del municipio, recibió con recelo la medida debido a que muchas veces las autoridades abusan de la norma. Dijo que en principio es bueno porque en “este oficio unos son los desordenados y por ellos pagamos todos. Entonces lo que hay es que mirar que la ley se aplique por igual para que exista orden y así le demos altura a esta actividad que finalmente es la que nos da la comida. Por ejemplo el caso de los que botan escombros, no somos todos, son unos poquitos y ante la gente queda es una imagen negativa del gremio, entonces eso es bueno controlarlo”, explicó.
Por último, las personas que incurran en el no cumplimiento de la norma, serán amonestados con sanciones que van desde multas equivalentes a 4 salarios mínimos legales diarios vigentes hasta la inmovilización del vehículo.
Siga a Periodismo Público en Google News. Suscríbase a nuestro canal de Whatsapp