No todos los motociclistas tendrán restricción en Halloween en Bogotá: ¿quiénes están exentos?
Las restricciones de Halloween tendrán horarios definidos y aplicarán en 19 corredores viales de Bogotá. Conozca qué motociclistas están autorizados para circular durante esos periodos.
Bogotá tendrá restricciones para la circulación de motocicletas durante las noches de Halloween, entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2026. Sin embargo, no todos los conductores tendrán que cumplir las medidas: algunos trabajadores y vehículos que prestan servicios específicos podrán movilizarse si cumplen los requisitos establecidos.
Las medidas anunciadas por la Secretaría Distrital de Movilidad buscan reducir los riesgos viales y fortalecer la seguridad durante el puente festivo. Las restricciones contemplan límites para las motos que llevan acompañante y para la circulación en determinados corredores viales durante la noche.
- (Le puede interesar: VIDEO | Soacha volvió a inundarse: fuertes lluvias afectaron varios sectores del municipio)
La primera medida restringe la circulación de motocicletas con acompañante desde las 6:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, durante las noches del 29, 30 y 31 de octubre y del 1 y 2 de noviembre. Esta disposición termina a las 6:00 a. m. del martes 3 de noviembre.
La segunda limita la circulación de motocicletas entre las 8:00 p. m. y las 4:00 a. m., en esas mismas noches, hasta las 4:00 a. m. del martes 3 de noviembre. Esta restricción aplica exclusivamente en 19 corredores viales de Bogotá:
- Autopista Norte.
- Autopista Sur.
- Avenida NQS.
- Avenida Boyacá.
- Avenida Ciudad de Cali.
- Avenida Las Américas.
- Avenida Suba.
- Calle 26 o avenida El Dorado.
- Calle 80.
- Carrera Séptima.
- Avenida Centenario o calle 13.
- Avenida Guayacanes.
- Avenida La Esperanza.
- Avenida Villavicencio.
- Avenida Circunvalar.
- Calle 53.
- Calle 63.
- Carrera 60.
- Avenida carrera 68.
No obstante, la Administración Distrital estableció excepciones para motocicletas vinculadas a determinadas actividades. La autorización depende del tipo de servicio y, en los casos correspondientes, de que los ocupantes porten identificación oficial, credenciales o distintivos que permitan reconocer la labor que realizan.
Entre los vehículos exceptuados se encuentran:
- Fuerza Pública y organismos de emergencia: motocicletas de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de socorro, entidades de prevención y servicios de salud.
- Seguridad privada: vehículos de empresas de vigilancia que estén prestando servicio. Sus ocupantes deben llevar identificación oficial y la autorización correspondiente de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Transporte de personas con discapacidad: motocicletas que transporten a personas en esta condición.
- Asistencia automotriz: vehículos que presten servicios de conductor elegido o asistencia técnica automotriz para aseguradoras y personas jurídicas.
- Servicios públicos domiciliarios: motocicletas de empresas que prestan estos servicios, cuyos ocupantes deben portar identificación oficial.
- Caravana presidencial: vehículos destinados a acompañar esta caravana.
- Servicio diplomático o consular: motocicletas destinadas a estas funciones.
- Sistema Integrado de Transporte Público: vehículos utilizados para el control operacional y el mantenimiento del sistema, con la identificación correspondiente.
- Mensajería y domicilios: motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos comerciales que presten estos servicios, siempre que estén debidamente identificadas con logos y distintivos.
🎃 Para vivir un Halloween más seguro, hoy presentamos las medidas que se implementarán en Bogotá para prevenir siniestros viales y proteger la vida.
🏍️ Parrillero: restricción en toda la ciudad, de 6:00 p. m. a 6:00 a. m.
🚫 Circulación de motos: restricción en 19 corredores viales, de 8:00 p. m. a 4:00 a. m.
Ambas medidas aplican las noches del 29, 30 y 31 de octubre y del 1 y 2 de noviembre. La restricción de parrillero finaliza el martes 3 de noviembre a las 6:00 a. m. y la de circulación de motos, a las 4:00 a. m.
— Movilidad Bogotá (@Secmovilidadbog) October 27, 2026
Domiciliarios y mensajeros también están entre los exceptuados
Una de las excepciones contempla a quienes utilizan la motocicleta para trabajar en servicios de mensajería y entrega de domicilios. Sin embargo, no basta con afirmar que se está realizando una entrega: las motos deben estar vinculadas a una empresa, plataforma tecnológica o establecimiento comercial y contar con elementos visibles que permitan identificar esa actividad.
Quienes incumplan las medidas se exponen a un comparendo de $633.200, según la información divulgada por el Distrito. Por eso, antes de salir en moto durante Halloween, es importante revisar si la actividad que se realiza está contemplada entre las excepciones y portar los documentos o distintivos exigidos.
Las restricciones estarán vigentes hasta la madrugada del martes 3 de noviembre, por lo que los motociclistas deben tener presentes tanto los horarios como los corredores en los que se aplicará la medida.
Foto: Alcaldía de Bogotá/Canva
Suscríbase a nuestro canal de Whatsapp


