Nueva cédula no es condición para prestar servicios de salud: Secretaría de Salud

La atención en salud no podrá ser negada o condicionada a la presentación de la nueva cédula.


La Administración Distrital recordó a usuarios, instituciones de la Red Pública y Entidades Promotoras de Salud, que si bien desde el pasado 31 de julio es obligatoria la presentación del nuevo documento de identidad, para la atención en salud no puede ser un requisito obligatorio, ni una limitante para la prestación del servicio.

Las autoridades de salud del Distrito insistieron a hospitales y clínicas, que se debe garantizar la atención a los servicios de urgencias, citas médicas, entrega de medicamentos, programación de cirugías, tratamientos de alto costo y cualquier servicio de salud, a usuarios del Régimen Subsidiado y a las personas pobres y vulnerables no afiliadas al Sistema, a través del comprobador de derechos, del carné de afiliación de la EPS respectiva o a través de la consulta en las bases de datos.

En un comunicado dirigido a las Empresas Sociales del Estado, a las instituciones prestadoras de la Red Complementaria y a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, la Secretaría advirtió la obligatoria atención a los pacientes sin importar el tipo de documento de identidad que presenten, o si no lo portan. Lo anterior, para no ver comprometida la salud y la accesibilidad a los servicios de los pacientes que lo requieran.

El Secretario Distrital de Salud, Héctor Zambrano Rodríguez, recordó la importancia y el compromiso del ‘Gobierno de la Ciudad’ por “garantizar el derecho a la salud y la vida de las personas que soliciten algún servicio médico, sin ninguna barrera de tipo administrativo, financiero o geográfico”.

El funcionario también hizo un llamado a las instituciones de salud para evitar trabas en la atención de los pacientes y para que no nieguen el servicio de salud, especialmente a gestantes o personas que vienen recibiendo un tratamiento por enfermedad de alto costo o en el servicio de urgencias que debe ser brindado verificando el comprobador de derechos vía web, las bases de datos y/o solicitando el carné de la EPS.

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