Se amplía convocatoria para aspirar a vivienda gratuita

Hasta el martes 11 de febrero habrá plazo de participar en la Convocatoria de vivienda gratuita en el municipio, para lo cual los aspirantes deberán acercarse directamente a la Alcaldía Municipal de Soacha o a las Cajas de Compensación en la ciudad de Bogotá.


Lo anterior se realiza dando cumplimiento a la Resolución No. 0057 del 24 de Enero de 2014, “Por la cual se fijan fechas de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en los municipios de Barranquilla y Repelón – Atlántico, Soacha – Cundinamarca, Riohacha, Villanueva, Fonseca y Maicao en La Guajira, Cúcuta – Norte de Santander y Pasto – Nariño”.

Por lo tanto las familias incluidas en los listados de potenciales beneficiarios deberán acercarse a cualquiera de las Cajas con la documentación correspondiente, de acuerdo con la siguiente información:

COLSUBSIDIO: Avenida Américas N° 50-02
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 5:00 PM.
Teléfono: 4174444 Ext 173 y 174.
Contacto: María Isbeth Cárdenas / Jimmy Rodríguez Gutiérrez

CAFAM: Cafam Floresta Carrera 48F No. 96 – 50 Bloque 5, primer piso, Ventanilla de Vivienda.
Teléfono 6468000, extensiones 2478, 2823 y 2825
Horario lunes a viernes de 8 a 4 pm.
Contacto: Yolanda Osorio / Yesenia Flórez

COMFACUNDI: Calle 53 10-39 5º. Piso
Teléfono 3481248 Ext. 1316
Horario de lunes a viernes de 8 a 12m y 2 a 4 pm.
Contacto: Luz Miriam Pedraza / Carlos Espitia.

COMPENSAR: Avenida 68 No. 49 A-47 Punto de Atención Vivienda- Semisótano
Teléfono 3077001
Horario de lunes a viernes de 8 a 5 pm
Contacto: Liliana Salazar / Eduardo Moreno

O en la Alcaldía Municipal de Soacha, las Cajas atenderán de la siguiente manera:

LUNES 3 de Febrero: CONFACUNDI
MARTES 4 de Febrero: COLSUBSIDIO
MIERCOLES 5 de Febrero: CAFAM
JUEVES 6 de Febrero: COMPENSAR

Requisitos para postularse a las viviendas gratuitas:

1. Encontrar su documento de identidad en el listado de No. de cédulas.
2. Fotocopia legible de las cédulas de ciudadanía de los mayores de edad.
3. Fotocopia del Registro civil de nacimiento de los miembros menores de edad que conforman el hogar.
4. Fotocopia del Registro civil de matrimonio o prueba de Unión marital de hecho de conformidad con el artículo 2°de la Ley 979 de 2005.
5. Certificado médico que acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar, expedido por la autoridad competente, cuando fuere el caso.
6. Si el hogar fue beneficiario de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una entidad del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social de conformidad con lo previsto en el parágrafo 4° del artículo 28 de la Ley 1469 de 2011 y no lo ha aplicado, debe adjuntar copia del documento que acredita la asignación del recurso.
7. Autorización expedida por la entidad otorgante del subsidio de vivienda para desembolsar los recursos del mismo al Patrimonio Autónomo – Fideicomiso Programa de Vivienda Gratuita de Fiduciaria Bogotá.
8. Si perdió la vivienda por imposibilidad de pago, Certificado de la Entidad Financiera en donde conste la pérdida de la vivienda por imposibilidad de pago.

Es de aclarar que la prueba de unión marital de hecho, contemplada en la legislación vigente, se puede demostrar mediante escritura pública ante notario, sentencia judicial o Acta de Conciliación en derecho; sobre esta última es importante tener presente que la convocatoria ya realizada en su municipio, no se pudo recibir postulación a la totalidad de las familias, debido a que no contaban con dicha acta de conciliación y en el evento no se contó con la entidad competente para expedirlas como ha ocurrido en otros municipios.

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