Tarifas de gas natural: Vanti deberá devolver dinero a los usuarios por cobro exagerado del servicio
La Superintendencia de Servicios públicos dijo que el incremento en las tarifas de gas natural no es justificado y ordenó a Vanti devolver el dinero por cobro indebido. Tampoco podrá volver a cobros excesivos.
La devolución o compensación a más de 2,5 millones de usuarios en Bogotá y Cundinamarca deberá ser del 100% del valor total cobrado indebidamente.
La Superservicios impuso a Vanti S.A. E.S.P. un Programa de Gestión con el objetivo de que ajuste las tarifas de gas natural a partir del consumo de diciembre de 2024 facturado en enero del 2025 y devuelva a los usuarios los montos a los que haya lugar.
La Superservicios expidió la Resolución No. 20251000201245 del 06 de mayo de 2025 tras encontrar que el incremento del 4,95% en enero y del 35,5% en febrero, no estaban justificados puesto que la empresa contaba con las reservas suficientes de gas natural nacional para suplir la demanda esencial.
Luego de la revisión de la facturación y de la información comercial reportada por la empresa, la Superintendencia encontró que, mediante contrato con ECOPETROL, Vanti disponía de suficiente gas natural, pero decidió reportar de forma irregular una disponibilidad menor e insuficiente con el propósito de justificar la importación de gas con destino a la demanda residencial.
Dado que el gas importado tiene un precio mayor, este hecho le sirvió de argumento para incrementar las tarifas a las familias y demás personas naturales.
Esta conducta viola la regulación tarifaria del servicio público de gas natural por redes establecida en la Resolución CREG 137/13 y constituye un incumplimiento de la obligación de prestar de forma eficiente el servicio público domiciliario a más de 2,5 millones de usuarios en Bogotá y Cundinamarca.
El programa impuesto tiene como objetivo proteger los derechos de los usuarios ordenando a Vanti recalcular las tarifas, devolver el 100% de las sumas cobradas en exceso e incorporar disposiciones de gobierno corporativo encaminadas a garantizar que esta empresa no vuelva a incurrir en cobros indebidos.
El Programa de Gestión impuesto a Vanti es una figura vigente desde el año 2015, que está en armonía con la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142/94, art. 79) y que se toma sin perjuicio de las sanciones administrativas y consecuencias penales a que haya lugar. Por esta razón, en la resolución la Superservicios ordena iniciar el proceso sancionatorio y remitir copias a los entes de control, a la Superindustria y a la Fiscalía General de la Nación.
Foto: Superservicios