Tres circunstancias causaron el vencimiento de términos

Para el personero de Soacha Luis Fernando Escobar, la decisión del juez cuarto penal municipal de dejar libre a 17 militares y declarar el vencimiento de términos, tiene piso en tres circunstancias específicas.


La primera es la solicitud de un conflicto de jurisdicción de las partes para que se definiera si los hechos eran competencia de la Justicia Penal Militar o de la ordinaria. Un segundo aspecto es que se propuso que se definiera funcionalmente si los competentes para adelantar el juicio eran los jueces de Norte de Santander, sitio donde fueron asesinados los jóvenes, o los de Cundinamarca con sede en Bogotá, por ser aquí de donde fueron sacados. El tercer hecho que repercutió es que se perdió tiempo en los traslados de los expedientes de unas oficinas a otras, y en algunos aplazamientos de diligencias que se realizaron por diversas solicitudes de las partes.

Así mismo el personero explicó que a pesar de haber declarado el vencimiento de términos, el caso está en segunda instancia. «Estamos al frente de una decisión que ha sido objeto de un recurso de apelación que debe ser resuelto en los próximos días y que puede definir si a la fecha han transcurrido más de 90 días, o en caso contrario estaríamos en un término menor, por lo cual se reversaría la decisión, se dispondría la nueva detención de los procesados y con ello se iniciaría la etapa de juicio.

Explicó que en principio la decisión es de autoridad competente que se produjo con las formalidades legales en una audiencia en donde las partes han tenido la posibilidad de intervenir. El juez, con funciones de garantías, hizo un cómputo y en su concepto han pasado 99 días.

«Pudiera ocurrir que haya un conteo distinto inferior por parte de la segunda instancia, caso en el cual se revertiría la decisión y no se descarta que se adelantara un tipo de trámite disciplinario penal contra el funcionario de primera instancia, pero lo que hemos señalado es que acatamos la decisión judicial y esperamos la resuelta en segunda instancia, sin abrir el espacio para plantear que existan actuaciones de hecho que contrarien el correcto funcionamiento de la administración de justicia en Soacha», dijo Escobar.

El funcionario explicó que la personería ya había advertido sobre el posible vencimiento de términos y advirtió que seguirá en la tarea de acompañar a las madres de las víctimas, explicándoles que la decisión tomada por el juez no señala la terminación del proceso ni la inocencia de quienes son objeto de investigación, sino que seguirá definiéndose quiénes son los responsables de las conductas de los investigados y una vez se adelante el proceso de juicio oral, se podrá conocer el nombre de los responsables, pena a imponer y si hay inocentes, de quiénes se trata.

Agregó que si en segunda instancia se comprueba que no se cumplieron los 90 días, la decisión se revierte, se ordena la captura inmediata de los beneficiados con la libertad, y con la detención se seguirá el trámite para abordar el juicio.

Finalmente exhortó a que se de pronto inicio a la etapa del juicio con el fin de conocer la verdad real y la procesal del caso.

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