Beneficios tributarios para deudores morosos de Cundinamarca

Un plan de salvamento para morosos de la Gobernación de Cundinamarca aprobó recientemente la Duma Departamental mediante la Ordenanza 97 de 2019 que le da la oportunidad, a miles de ciudadanos, de ponerse al día en sus deudas tributarias con la administración.

Los beneficios cobijan a tres tipos de morosos así:

1.  A quienes tienen sus procesos en juzgados o tribunales

2. Contribuyentes que deseen terminar por mutuo acuerdo con la administración cundinamarquesa los procesos administrativos en su contra.

3.  A quienes tengan obligaciones fiscales a cargo, que presten merito ejecutivo.

En el primero de los casos, el deudor podrá acogerse a los beneficios y obtener un 80% de descuento en sanciones, intereses y actualización siempre y cuando el proceso se encuentre en única o primera instancia y el contribuyente pague el ciento por ciento del impuesto a cargo. Si el proceso se halla en segunda instancia, el descuento sobre sanciones, intereses y actualización será del 70%.

La solicitud para acogerse a este tipo de beneficio debe hacerse a más tardar el 30 de septiembre de 2019 de manera presencial o virtual.

El segundo beneficio les permite terminar por mutuo acuerdo el proceso a quienes hayan sido detectados como omisos o inexactos, se les haya notificado antes de la entrada en vigencia de la ley 1943 de 2018 requerimiento especial, liquidación oficial, o resolución del recurso de reconsideración y podrán pactar el 80% de las sanciones actualizadas, según el caso, siempre y cuando el contribuyente pague el cien por ciento del impuesto o tributo a cargo o liquidado y el 20% restante de las sanciones e intereses. La solicitud deberá ser presentada hasta el 31 de octubre de 2019, presencial o virtual.

El tercer caso está dirigido a  los contribuyentes, declarantes, agente retenedores, responsables, deudores solidarios, deudores subsidiados o garantes que, a la entrada en vigencia de la ley 1943 de 2018 (ley de beneficios) con obligaciones fiscales a cargo, presten mérito ejecutivo. Para obtener el beneficio de favorabilidad los interesados deben solicitar ante la Dirección de Ejecuciones Fiscales de Cundinamarca la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria, lo cual debe hacerse solamente de manera presencial.  Los parámetros de descuento, en este beneficio,  van del 75% y al 50% a la sanción impuesta por no declarar. No aplica para intereses ni actualizaciones, La solicitud de aplicación del principio de favorabilidad en etapa  de cobro deberá ser realizada a más tardar el 28 de junio de 2019.

La estrategia busca recuperar cerca de $10.000 millones  y permitir que entre 50.000 y 80.000  personas se pongan al día con sus deudas pendientes con el departamento.

Vale la pena recordar que si  los contribuyentes morosos  no se acogen a la ley de Beneficios Tributarios y a la Ordenanza 097/19  podrán estar expuestos a pagos en tarifas plenas de intereses y sanciones,  cobros coactivos o embargo de cuentas.

Informes: 744-1474/5949/1470/5957

Correo electrónico: Impuestovehiculos@cundinamarca.gov.co

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