El transporte puso en vilo relaciones entre las administraciones de Saldarriaga y Eleázar González en Soacha

Ante los duros señalamientos de la secretaria de movilidad de Soacha Nidia Hurtado y los concejales Juan Rivera y Giovanni Ramírez en la sesión del pasado 10 de febrero, al cuestionar el estudio de movilidad contratado en la administración pasada y la ampliación de las capacidades transportadoras en el municipio,  el exsecretario Carlos Giraldo y el exdirector de transporte Ariel Pachón, enviaron un duro comunicado rechazando dichas declaraciones al considerar  que desinforman a la ciudadanía.  

A través de un comunicado de prensa se explicó con detalle el proceso realizado para adelantar el estudio de movilidad y la ampliación de las capacidades transportadoras en el municipio de Soacha.

Comunicado de prensa Juntos Formando Ciudad

Los abajo firmantes, mediante el presente comunicado de prensa, nos permitimos hacer las siguientes precisiones en respuesta a lo dicho por la señora Secretaria de Movilidad de Soacha y los honorables concejales Juan Rivera y Giovanni Ramírez en la sesión de control político a la Secretaria de Movilidad, llevada a cabo en el Concejo Municipal del Soacha el día 10 de febrero de 2020.

En primer lugar, se informa a la opinión pública que el día 21 de diciembre de 2018, la Secretaría de Movilidad de Soacha suscribió el Contrato No. 1289 de 2018 con el CONSORCIO GITS- SOACHA 2018, e integrado por las siguientes personas jurídicas: 1. SISTEMAS ANDINOS DE INGENIERÍA Y PLANIFICACIÓN S.A.S.; 2. GRUPO DE GESTIÓN Y TECNOLOGÍA S.A.;  3. IKON BANCA DE INVERSIÓN S.A.S. y 4. TRANSPORTE, PLANEACIÓN Y DISEÑO INGENIERÍA S.A., T.P.D. INGENIERIA S.A., las cuales son empresas consultoras con  amplia experiencia acreditada en el campo de la ingeniería de transporte, modelación y en aspectos financieros y jurídicos del transporte, selección que se adelantó en el marco del Concurso de Méritos Abierto  No. 012 de 2018, proceso de selección que cumplió con la normatividad establecida en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y se encuentra ampliamente publicado en el SECOP I. 

El objeto de dicho contrato consistió en “LA REESTRUCTURACIÓN TÉCNICA, LEGAL Y FINANCIERA DEL TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO URBANO E INTERURBANO QUE OPERA AL INTERIOR DEL MUNICIPIO DE SOACHA, SOBRE EL CORREDOR SOACHA – BOGOTÁ Y EN SU ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA”, de la misma manera y el mismo 21 de diciembre de 2018 se suscribió el Contrato de Interventoría No. 1290 de 2018 con IVARSSON Y ASOCIADOS LTDA, sociedad comercial identificada con el Nit 800.220.410-2.

Para pagar este Contrato el Municipio de Soacha no erogó suma alguna de su presupuesto, en efecto, la financiación de este proyecto deriva del convenio de cofinanciación de fecha 10 de septiembre de 2008 suscrito entre la nación, la gobernación de Cundinamarca, y el Municipio de Soacha,  el cual se prorrogó hasta el día 30 de agosto de 2020 y que gracias a la gestión realizada por la Secretaria de Movilidad de la administración del Gobierno Juntos Formando Ciudad, se logró obtener estos recursos para la realización del estudio mencionado.

Ahora bien, de este convenio de cofinanciación, se derivó el Convenio Interadministrativo 577 del 09 de noviembre de 2017, igualmente prorrogado hasta el día 30 de agosto de 2020, suscrito entre el Municipio de Soacha y Transmilenio S.A., entidad que administra en una fiducia los recursos remanentes de la construcción de la fase I de la Extensión de la Troncal NQS de Transmilenio en el municipio de Soacha; convenio cuyo objeto es “DEFINIR LAS CONDICIONES EN QUE LAS PARTES COOPERARÁN PARA LA CONTRATACIÓN Y PAGO DE LAS INVERSIONES REQUERIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE CONSULTORÍA QUE PERMITAN OPTIMIZAR LA OPERACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DEL SERVICIO PÚBLICO URBANO DE TRANSPORTE MASIVO DE PASAJEROS EN EL MUNICIPIO DE SOACHA Y EN SU ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA”, convenio con el cual se garantizó, entre otras cosas, los recursos para la ejecución del estudio de reestructuración de las rutas urbanas, interurbanas en el corredor Soacha – Bogotá, su área de influencia directa y el modelo del sistema de alimentación para el municipio.

Este convenio buscó los mecanismos necesarios para que el Municipio de Soacha, en cabeza de la Secretaría de Movilidad, realizara los procesos enmarcados en la ley para contratar un estudio de transporte para la reestructuración técnica, legal y financiera del transporte público colectivo urbano e interurbano que opera al interior del municipio de Soacha, sobre el corredor Soacha-Bogotá y en su área de influencia directa, que incluye el sistema de alimentación, como en efecto se hizo.

Estos contratos se venían ejecutando desde el mes de enero de 2019, como consta en el acta de inicio, de los cuales se obtuvieron los productos mediante los cuales, previa revisión y aprobación de la Secretaría de Movilidad de Soacha y de la Interventoría se realizaron las reestructuración del servicio de transporte público de pasajeros del municipio de Soacha, así como el concurso público que selecciono las empresas que prestaran el servicio público de transporte mixto en el municipio, acorde con los lineamientos y requisitos exigidos en la normatividad vigente. Con base en los productos 4 y 5 entregados por la consultoría, se dejó plenamente establecido el fundamento técnico y jurídico para reestructurar el transporte público colectivo urbano en el Municipio de Soacha, ante lo cual, y atendiendo el resultado del estudio de Transporte, la Alcaldía Municipal profirió el Decreto 587 del 30 de diciembre de 2019, el cual reestructuró el servicio público de transporte colectivo urbano del Municipio de Soacha, el cual paso por todas las revisiones pertinentes, incluyendo la Oficina Asesora Jurídica de la Alcaldía, en donde se encontraba para revisión desde el 12 de noviembre de 2019.

Después de obtener el aval final, en el cierre del mes de diciembre de 2019, se procedió a expedir el Decreto 587 del 30 de diciembre de 2019, por lo que la Secretaría de Movilidad de Soacha, procedió a firmar y solicitar la numeración de las 16 Resoluciones individuales, una por cada empresa habilitada en el municipio, en la cuales se reestructuraron las rutas de transporte y se ajustaron las capacidades transportadoras para atender la demanda insatisfecha evidenciada en el estudio.

Es necesario aclarar a la opinión pública que  este incremento de capacidades transportadoras obedeció igualmente a la detección de una oferta insuficiente de transporte en el Municipio de Soacha, la cual se determinó técnicamente luego de efectuar los estudios de campo y de modelación  correspondiente en el marco de la ejecución del Contrato 1289 de 2018, quiere decir ello que el incremento de las capacidades transportadoras se efectuó jurídicamente, con base y sustento en el resultado del estudio técnico ya entregado y del cual tenía pleno conocimiento el entonces alcalde electo y la doctora Nidia Hurtado, actual Secretaria de Movilidad de Soacha, debido a que en las reuniones de empalme se le socializó el estudio y la reestructuración que en ese momento se estaba elaborando, aunado a que el resultado del estudio técnico ya se le entregó formalmente a la nueva administración, por lo cual no aceptamos las declaraciones de la secretaria de Movilidad cuando afirma que no se ha socializado el estudio de transporte, el cual también es de conocimiento de los integrantes de la mesa (Ministerio de Transporte, DNP, Transmilenio, Secretaria de Movilidad de Bogotá y Cundinamarca) por parte de las entidades que asistieron a las reuniones de seguimiento y socialización del citado estudio.

Esta reestructuración igualmente da cumplimiento al fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el curso de la Acción Popular que se tramitó bajo el radicado 11001333603520140051400, en el cual se ordenó al Municipio de Soacha, entre otras, a que reorganice las rutas del transporte público colectivo TPC, orden judicial a la cual se le dio estricto cumplimiento, al igual que se dejó en el estudio para su manejo por parte de la nueva administración, el plan de implementación para dar cumplimiento al fallo en lo referente a implementar el sistema de alimentación de Transmilenio, que inicia con esta reestructuración y va por etapas de acuerdo con la construcción de la infraestructura de las fases II y III, entre otros escenarios futuros.

De la misma manera y teniendo como base el resultado de los productos 4 y 5 de la Consultoría entregada en el curso de la ejecución del Contrato 1289 de 2018, se procedió por parte de la secretaría de Movilidad de Soacha a iniciar el Concurso Público SM-01 de 2019, con el fin de: SELECCIONAR LA(S) EMPRESA(S) DE TRANSPORTE PÚBLICO CON EL FIN DE OTORGAR PERMISO DE OPERACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR MIXTO EN EL MUNICIPIO DE SOACHA.

Este proceso de Selección se efectúo con absoluta transparencia, con la debida publicidad que amerita este tipo de procesos, cumpliendo con la normatividad señalada en los artículos 2.2.1.5.5.3. y siguientes del Decreto 1079 de 2015 del Ministerio de Transporte. Con la selección de las empresas de transporte público de transporte terrestre automotor mixto, se dio cumplimiento al Plan de Desarrollo Juntos Formando Ciudad 2016-2019. 

Así mismo, se habilitaron las 3 empresas seleccionas por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 2.2.1.5.3.1. del Decreto 1079 de 2015, proceso que inicia por solicitud de las mismas, el cual fue atendido por la Secretaria de Movilidad de acuerdo con la normatividad vigente. De estos procesos, tuvo conocimiento la actual Secretaria de Movilidad y el actual director Operativo, los cuales fueron tratados en reuniones del mes de Diciembre de 2019 en el proceso de empalme.

De otro lado, se recibió una solicitud de habilitación de una empresa de taxi de lujo, que después de la revisión realizada por la Secretaria de Movilidad por cuanto esta empresa cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 2.2.1.3.2.1. y siguientes del Decreto 1079 de 2015, sin que para habilitar una empresa para modalidad de taxi de lujo sé exija estudio técnico previo, según lo indica la norma.

Todos y cada uno de los expedientes que sustentan estas actuaciones son del total manejo y dominio de la Secretaría de Movilidad, los cuales fueron entregados íntegramente en el proceso de entrega de cargos del Secretario de Movilidad y del Director Operativo, así como en el proceso de empalme, POR TANTO SE RECHAZA ENÉRGICAMENTE LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR LA ACTUAL SECRETARIA DE MOVILIDAD Y POR LOS CONCEJALES JUAN RIVERERA Y GIOAVANNI RAMIREZ EN SESION DE CONTROL POLITICO DEL 10 DE FEBRERO DE 2020, TODA VEZ QUE GENERAN UNA DESINFORMACIÓN A LA CIUDADANÍA ACERCA DE UN PROCESO LLEVADO ADECUADAMENTE Y CONFORME LA LEY, QUE DERIVA EN UNA SOLUCIÓN Y GARANTIZA LOS DERECHOS A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE SOACHA PARA SU ADECUADA Y SEGURA MOVILIZACIÓN, ASÍ COMO PROYECTA UN SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE QUE CONLLEVA A LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALIMENTACIÓN DE TRANSMILENIO PARA EL MUNICIPIO.

Dado en Soacha el 17 de febrero de 2020.

Cordialmente,

CARLOS ALBERTO GIRALDO ESCOBAR

Ex Secretario de Movilidad de Soacha 2017-2019

LUIS ARIEL PACHÓN ACHURY

Ex Director Operativo de Tránsito y Transporte de Soacha 2017-2019

Leer también: Millonario estudio de movilidad no ha sido entregado a la administración actual de Soacha: secretaria Nidia Hurtado

Foto: Nidia Hurtado, secretaria de movilidad de Soacha

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One thought on “El transporte puso en vilo relaciones entre las administraciones de Saldarriaga y Eleázar González en Soacha

  1. Fuerte y claro. Y ahora que vengan los estudiosos a verificar documentación junto a las actuaciones administrativas y contractuales que puedan rescatarse para mejorar la movilidad de Soacha. Lo demás, investigaciones y responsabilidades para la Procuraduria y la Fiscalia si así se debe.

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