Fiscalía imputó cargos a directivos de la CAR por relleno sanitario de Nemocón

El director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, Edgar Alfonso Bejarano y la Subdirectora de la misma entidad, Piedad Gutiérrez Barrios fueron señalados por el ente acusador de los delitos de prevaricato, omisión y falsedad ideológica en la entrega de una licencia de construcción en dicho municipio.


La asignación de la construcción del relleno ‘Tecnoambientales S.A’ se hizo en octubre de 2007, hecho que desde el principio generó controversia entre los habitantes de la población al oriente del departamento, puesto que recibirían los desechos de entre 20 y 23 municipios.

La polémica llegó hasta tal punto que se presentaron enfrentamientos entre trabajadores de la empresa que ya estaban en el lote y varios habitantes de la región. La academia también intervino en la decisión pidiendo tener en cuenta un estudio de la Universidad Nacional en el que se revelaba que «una reserva arqueológica sería sepultada por la basura», según lo explicaban dada en su momento los investigadores del caso.

Además la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y el Jardín Botánico advirtieron que se perderían 400 especies de flora (algunas únicas en el mundo) y se contaminarían importantes fuentes de agua por los lixiviados (liquido segregado por la basura).

Sin embargo, ni Bejarano ni Gutiérrez aceptaron los cargos argumentando que la licencia ambiental que se otorgó a la empresa para la construcción del relleno estaba sustentada en estudios de viabilidad técnica y jurídica, para lo cual basaron su testimonio en la sentencia T – 123 del año 2009 en la cual que la Corte Constitucional confirmó que no había vulneración de los derechos de la comunidad de Nemocón y agregaron también lo estipulado en otra sentencia del Juzgado Primero Administrativo de Bogotá donde «se ratificó el concepto de la Corte Constitucional», según lo afirmaron en la audiencia.

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