Hijos de la Prisión: la crianza de los niños desde la cárcel El Buen Pastor

Por: Ana Boshell, Caren Jaimes, Santiago Suárez, Tania Colorado.

En Colombia, gracias a la Ley 65 de 1993, las mujeres privadas de la libertad poseen el derecho a ejercer la maternidad desde los centros penitenciarios, teniendo espacios en donde logren llevar sus embarazos a buen término, y tener a sus hijos consigo hasta los 3 años de edad.

Es por lo anterior que las mujeres privadas de la libertad, gestantes y lactantes, no solo tienen el derecho de convivir con sus hijos dentro de la cárcel, sino que también, en cumplimiento a las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, deben contar con espacios propicios para alejar a los niños del ambiente común de la prisión, tal y como sucede en el patio 2 de la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, también llamado “Entorno Hogar”, un lugar que cuenta con celdas de 2 metros de ancho por 2 metros de largo, decoradas con el nombre de cada niño, un patio con juegos infantiles, baños especiales para los menores y una ludoteca en donde las madres juegan y comparten con sus hijos. (Testigo Directo, 2022).

La ley que protege la crianza

Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de derechos para la madre y sus hijos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que el fundamento de toda decisión sobre la crianza desde los centros penitenciarios, deberá ser tomada desde el Principio del Interés Superior del Niño, el cual dicta que los menores son sujetos de derechos, y, por lo tanto, toda decisión en relación a estos, se deberá tomar con base en su reconocimiento, y no por la misma ley que juzga las acciones de sus padres.

Es por lo anterior que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), ha establecido un protocolo de ingreso y permanencia para los menores, el cual dicta que todo niño que ingrese a este programa, será aquel que no tenga una familia externa para recibirlo o, aun teniéndola, esta no cuente con las capacidades para cuidar de él; y la mujer que solicita el servicio, deberá contar con una conducta ejemplar que no ponga en riesgo la vida del niño, así como aceptar las responsabilidades que esto conlleva.

La maternidad desde prisión en el Siglo XXI

Cuando se habla de la privación de la libertad hacia las mujeres, se denota la importancia de entender que no solo se generan consecuencias para ellas, sino que también existe toda una familia afectada por el papel que comúnmente asumen con respecto a ser las responsables de su hogar.

A través del tiempo de investigación fue posible conocer que, por muchos años, las mujeres optaban por evitar crear cualquier tipo de relación con sus hijos mientras estaban en la cárcel para evitar los efectos colaterales de su ausencia, y algunas otras les decían que estaban de viaje, o estudiando y trabajando para justificar el poco contacto que tenían con ellos. Ahora bien, al indagar sobre esta situación para el 2022, se conoció que la mayoría de los niños, en la actualidad, son conscientes de la situación en la que su progenitora se encuentra. Andrea Ávila, tutora legal de una menor de edad, menciona que “ella quiere mucho a su mamá y desea que su mamita esté pronto con ella en el hogar”, así como Stella Buitrago, dice sobre su hijo adoptivo que él, “cuando llega al lugar solo quiere jugar con la mamá, correr, y jugar con el balón, yo solo me siento y los veo jugar, porque es lo único que él quiere”, y Patricia Vargas, tía de un menor en la misma situación, indicó que “el niño visita a su madre regularmente y habla con ella todos los días por el teléfono público que tienen en la cárcel”.

Son estos, y otros múltiples testimonios los que permiten comprender que solo cuando el menor reconoce la realidad que rodea a su madre, puede generar lazos afectivos con ella en la medida en que la cárcel lo permite, puesto que solo pueden asistir a este lugar 1 vez al mes por un tiempo estimado de 2 horas, las cuales, solo se les concede tras pasar toda la noche a la intemperie, haciendo fila para al otro día poder entrar a la cárcel, y habiendo estado registrados para visitas con sus tutores con aproximadamente 3 meses de anticipación. Todo lo anterior para lograr acceder a un lugar sin espacios para comer o jugar, con todo lo que conlleva un habitual ambiente carcelario, y nada de privacidad, sumando a esto, que cuando los niños salen de sus visitas, se encuentran desconcertados porque no saben cuándo saldrá su madre de la cárcel.

Nacer y crecer en el contexto de la prisión

Ya se ha abordado el contexto que rodea a las mujeres privadas de la libertad en cuanto al ejercicio de la maternidad desde los centros penitenciarios, pero, ¿cuál es la situación de los menores que se encuentran allí?

Tras el análisis de las políticas de diversas instituciones estatales, se conoció que hasta hace pocos años estos menores eran acogidos por las Reglas y Normas Sobre el Trato a las Personas Privadas de la Libertad aún sin estar pagando una pena carcelaria, y fue en correspondencia a esta situación que la Asamblea General de las Naciones Unidas, presentó las Reglas de Bangkok, un documento con 70 regulaciones que permite dejar de ver a los menores como sujetos que pagan una condena carcelaria sin haber cometido delito alguno, y así mismo, se obliga al gobierno y las instituciones penitenciarias a garantizar que el entorno en donde viven los niños sea lo más semejante posible a lo que sería su vida en el exterior de la prisión, y, con ello, puedan tener acceso a una debida nutrición, educación y desarrollo social.

Se refuerza entonces la necesidad de garantizar el desarrollo integral del menor, ya que, de existir una adecuada atención a cada una de las madres y niños que viven allí, muy probablemente las necesidades de este grupo poblacional serían resueltas y hasta eliminadas; no obstante, y ante la manifestación de la población reclusa de recibir un comportamiento apático, desganado y amargado por parte de los guardianes, e incluso actos de intolerancia y desesperación gestados por el encierro, diversos expertos mencionan que en contextos de precariedad, es difícil reconocer cuando los menores tienen algún tipo de problema y, por ende, podrían no ser atendidos adecuadamente, generando situaciones de riesgo para el resto de sus vidas, y consecuencias que no solo se dan estando en prisión, sino fuera de ella, al ser los niños testigos de la detención de sus padres, desarrollan una sensación de pérdida por ser separados de sus progenitores, lo que indudablemente afectará de forma negativa su relación con los demás al ser categorizados como “hijos de un delincuente”.

De hecho, Patricia Vargas, menciona que a su sobrino le han realizado bullying en el colegio en repetidas ocasiones, porque sus compañeros de clase viven cerca de él y conocen la situación de su familia, por lo que a ella le ha tocado asistir a la institución para defenderlo, puesto que entiende que “si al niño le hablan mal de su mamá, él se va a poner agresivo, como a cualquier persona le pasaría, y por ello, asiste a terapias con psicólogo para ayudarle a sobrellevar esta situación”.

Un Segundo hogar

Una vez los menores logran aceptar su vida dentro del centro penitenciario con el precio de ser privados de su independencia para poder estar con su mamá, un día tienen que ser separados de ellas, y si bien en la mayoría de los casos son recibidos por un integrante de su familia, otros tienen que ser acogidos por familias sustitutas o incluso ser entregados al sistema del ICBF. No obstante, estos mismos tutores mencionan que una vez la entidad acepta que les sea entregada la custodia, se genera un descuido por parte de la misma hacia el cuidado de los menores, ya que comentan que “al principio les daban mercados para el sustento del niño, pero ya eso se acabó. Duran unos 4 o 6 meses entregando mercados y ya después no vuelven a dar nada”.

A través de los testimonios obtenidos, fue posible conocer que no existe un protocolo efectivo para ayudar a la madre y su hijo a enfrentar su separación, bien sea desde la cárcel cuando los niños superan los 3 años, o cuando ambos son distanciados por una detención que implicará una condena carcelaria. Es por lo anterior que durante los últimos años han surgido diversas iniciativas como la Fundación Acción Interna, Malala, o Jugar y criar, encargadas de estimular el desarrollo socio cognitivo de los menores con el fin de hacer de su paso por la cárcel un proceso mucho más fácil, o, apoyar su proceso de adaptación a la familia que lo acoge y el desarrollo dentro de esta con su madre privada de la libertad.

Es así como se finaliza esta entrega informativa sobre los hijos de mujeres reclusas que nacen y crecen en el contexto carcelario, o viven la mayor parte de su infancia en un segundo hogar, formado por familiares que los acogen mientras sus madres cumplen una condena privativa de la libertad, a través del cual fue posible conocer que a largo plazo, los niños valoran conocer la verdad sobre el estado de sus madres, y este hecho debe ser acompañado del afecto de su red familiar o social más cercana, así como del apoyo de psicólogos y otros profesionales que los puedan ayudar a entender la realidad que están viviendo y las formas en que pueden lidiar con ello.  En cuanto a las instituciones que intervienen en esta situación, queda una pregunta por resolver: si en algún momento los niños eran acogidos por las mismas leyes bajo las cuales se juzgaba a sus madres, ¿por qué no garantizar el mismo estado de bienestar para ambos en el marco de un Estado social de derecho que asegura que todo individuo tiene acceso a una justicia social y dignidad humana bajo los preceptos constitucionales?


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